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    REVISTA DEL COLEGIO DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS
Nº37
AÑO 1996
ESPAÑA Y EL AGUA, III

Las necesidades de agua por razones medioambientales y la planificación hidrológica

José María Martín Mendiluce*

Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. Presidente del Comité Nacional Español de Riegos y Drenajes.

INTRODUCCIÓN

CONSIDERACIONES SOBRE LOS CAUDALES ECOLÓGICOS

Caudales mínimos naturales por cuencas hidrográficas

Caudales medios circulantes por cuencas en los horizontes del plan

Los caudales ambientales en el PHN

LA COMPARACIÓN ESPAÑA-CALIFORNIA

LOS CAUDALES MEDIOAMBIENTALES Y LOS TRASVASES HIDROGRÁFICOS

RESUMEN

Descriptores: Caudales ecológicos, Caudales mínimos, Hidrogramas mínimos, Planificación hidrológica, Trasvases, España-California

Introducción

Uno de los aspectos de la planificación de recursos hídricos menos estudiados y que es objeto de interpretaciones y estimaciones muy diversas es el de las necesidades medioambientales o caudales ecológicos. La realidad es que la falta de experiencia y conocimiento sobre las repercusiones negativas de las crecientes detracciones de caudales de los ríos en su fauna y flora es causa de que estas modernas necesidades de usos consuntivos sean objeto de especulación ante posibles situaciones irreversibles y puedan llegar a sobrevalorarse en la medida necesaria y conveniente para impedir, o cuando menos dificultar, extracciones adicionales de agua de los ríos, sobre todo cuando se trata de argumentar contra la realización o explotación de trasvases entre diferentes cuencas hidrográficas.

Las presentes notas pretenden únicamente aportar algunas ideas y consideraciones que permitan ir caminando en el análisis de tan difícil problema y analizar, aunque sea someramente, su repercusión en la planificación hidrológica.

Consideraciones sobre los caudales ecológicos

Nuestra postura desde hace muchos años (ver referencias bibliográficas 1 y 2) ha sido la de que, en principio, parecía razonable respetar en los ríos unos caudales mínimos circulantes que fuesen del orden de los que se presentan de forma natural en períodos secos, criterio que decíamos: “en España queda ampliamente cubierto al suponerlos del orden del 10% de los caudales medios” (ver pág. 26 de 1 y pág. 108 de 2).

Este criterio, quizás demasiado simplista, está basado en la hipótesis de que los caudales mínimos naturales son los que condicionan la vida permanente en los cauces y, por ello, si no queremos extinguirla o limitarla drásticamente será preciso mantener, en lo posible, esas mínimas condiciones naturales. Sin embargo, modernamente3 se postula que sería más interesante conservar las fluctuaciones y perturbaciones del hidrograma natural del río, dentro de ciertos márgenes, y no el caudal mínimo, aduciendo que “puede resultar más perjudicial para los ríos y zonas húmedas de carácter mediterráneo desaguar un cierto volumen constante de agua durante todo el año, que dejar secar completamente el cauce o cubeta, durante la época estival, que de forma natural podría permanecer seco” (pág. 96 de 3).

En consecuencia se propone que: “si no existen estudios específicos y es necesario actuar, deben adoptarse caudales superiores al 10% del caudal medio de cada período estacional o cada mes (…)”

Sin perjuicio de que sigamos opinando que es más conservador el criterio del caudal mínimo, lo que no quiere decir que sólo circule por el río dicho caudal de forma constante durante todo el año, ya que los caudales circulantes serán en cada época o los mínimos previstos o los que resulten de la combinación de los regulados por embalses a derivar aguas abajo para otros usos y los fluyentes de cuencas no reguladas por embalses, vamos a cuantificar de forma más detallada los caudales mínimos circulantes de forma natural en las diferentes cuencas hidrográficas, así como los caudales medios remanentes que se prevé puedan circular en las situaciones contempladas en el Plan Hidrológico Nacional (phn), 1992 y horizontes 2002 y 2012. Los resultados obtenidos nos pueden servir de pauta para el análisis de los posibles escenarios.

Cabe puntualizar que en la Ley de Aguas de 1985 se especifica en su artículo 40 apartado d) que los Planes Hidrológicos comprenderán: “(…) d) La asignación y reserva de recursos para usos y demandas actuales y futuros, así como para la conservación y recuperación del medio natural”.

Por otro lado, en la O.M. de 24 de septiembre de 1992 por la que se aprueban las instrucciones y recomendaciones técnicas complementarias para la elaboración de los Planes Hidrológicos de cuencas intercomunitarias se indica en su artículo 20: “Para la determinación de caudales mínimos por razones medioambientales se fijarán aquellos tramos de los ríos o puntos que se consideren de interés (presas de embalse, derivaciones importantes, vertidos significativos y otros análogos), especificándose el caudal mínimo que debe circular en circunstancias normales”.

Por lo tanto, el criterio oficial, por el momento, es el de caudales mínimos, no el de hidrogramas mínimos. Estos aspectos deberían aclararse de una vez a través de la fijación de criterios y metodologías oficiales concretos para evitar especulaciones y críticas sobre el tema.

Caudales mínimos naturales por cuencas hidrográficas

Con motivo de la redacción en 1970 por el cedex del Inventario de Recursos Hidráulicos del país se estimaron como se muestra en el cuadro 1 las disponibilidades en régimen natural a caudal constante para el 96% de garantía.

Del examen del cuadro 1 se deduce que el 10% considerado inicialmente con carácter general1 y 2 resulta demasiado conservador, y que el valor de la disponibilidad natural que, en principio, consideramos debe tomarse como índice de los caudales mínimos medioambientales a respetar, varía mucho en porcentaje respecto al valor medio al descender al nivel de cuenca, pasándose desde prácticamente cero (Guadiana) hasta un veinte por ciento (cuenca del Ebro). Cuatro cuencas destacan por el elevado valor de sus caudales mínimos, ampliamente superiores a la media, y por este orden decreciente: Ebro, Júcar, Segura y Guadalquivir. La primera de las cuencas debe esta circunstancia a su régimen nival procedente del Pirineo, cuyas nieves perpetuas garantizan un elevado caudal permanente. Las cuencas del Júcar y Segura pertenecen a la España caliza y a su carsticidad deben los abundantes caudales subterráneos permanentes que han sido el origen principal de sus antiguas y tradicionales vegas de regadío (Murcia y Valencia). En la cuenca del Guadalquivir el elevado porcentaje del caudal mínimo se debe a ambas causas (régimen nival en el río Genil debido al pico más alto de la Península, Mulhacén) y carsticidad en parte de su cuenca. También los regadíos árabes de la vega de Granada deben su existencia milenaria a esta circunstancia.

Pues bien, en las cuencas de la España caliza los caudales permanentes, fundamentalmente de origen subterráneo, vienen siendo utilizados en el riego desde hace más de mil años, habiendo desaparecido de los cauces en los tramos aguas abajo de las derivaciones para riego, con lo que su actual ecología viene gobernada desde hace cientos de años por un carácter torrencial mucho más acusado que el natural, con valores nulos de caudal durante el estiaje en los tramos inferiores.

Eliminando la cuenca del Ebro por su carácter predominantemente nival y las cuencas del Júcar y Segura por su marcada carsticidad, el resto de la España peninsular presenta el siguiente valor medio para los caudales mínimos circulantes en régimen natural con el 96% de garantía:

A falta de estudios específicos sobre el tema, puede tomarse para las citadas cuencas con un cierto margen un 6% del caudal medio para la estimación del caudal mínimo deseable. Esta misma cifra la aplicamos para las cuencas cársticas (Júcar y Segura), a la vista de su “experiencia torrencial superior al milenio”. En la única región que conservaríamos, en principio, el caudal natural mínimo, dada su procedencia y mantenimiento hasta el presente, es en la cuenca del Ebro hasta tanto se determine el caudal ecológico adecuado mediante los estudios pertinentes, que deben realizarse cuanto antes.

Caudales medios circulantes por cuencas en los horizontes del Plan

Tomando los datos incluidos en el borrador del phn,4 pueden establecerse los siguientes valores para la hipótesis “sin trasvases” de la utilización de los recursos hídricos de las cuencas hidrográficas españolas para los horizontes temporales del Plan: 1992, 2002 y 2012 (véase los cuadros 2, 3 y 4).

De los cuadros citados se desprende que actualmente, y como media, el 75% de los caudales de las cuencas hidrográficas españolas vierten al mar. Este porcentaje se reduce al 70% en el año horizonte máximo del Plan (2012).

Es evidente que esta utilización media de los recursos hídricos españoles en usos consuntivos no puede considerarse elevada, por lo que la situación alcanzada y alcanzable en su conjunto puede calificarse de tranquilizadora.

Dentro de ese 70-75% de caudales vertidos al mar existe margen más que suficiente para atender los caudales ambientales tanto en su versión de mínimos circulantes como en la de hidrogramas mínimos. Pueden estudiarse diagramas de flujo que no comprometan la garantía de suministro de los usos consuntivos, eso sí, siempre que se cuide y controle adecuadamente la calidad de los vertidos, que es la gran asignatura pendiente de la planificación hidrológica española en materia ambiental, y a la que, sin lugar a dudas, hay que prestar atención prioritaria. En este aspecto estaremos siempre del lado de las demandas ecologistas más exigentes.

Descendiendo al examen a nivel de cuenca, hay dos que destacan por su situación precaria al horizonte final del Plan: Segura y Júcar, en las que los caudales medios circulantes al mar serían los indicados en el cuadro 5.

La cuenca del Segura, con sus 773 hm3/año de déficit actual, es la cenicienta de las cuencas españolas a la que se pretendió resolver sus problemas con el trasvase Tajo-Segura, cuyo planteamiento hasta 1.000 hm3/año estaba plenamente justificado, como puede comprobarse de los resultados del cuadro 4.

La cuencas excedentarias, Norte, Tajo, Duero y Ebro, utilizan sus recursos en forma creciente por este orden, siendo de las tres últimas, para las que se contempla su utilización más intensiva en los trasvases planteados, la del Tajo la que prevé una menor utilización porcentual de sus recursos en la propia cuenca y la que, paradójicamente, se propone utilizar en un grado muy reducido en la propuesta del phn.

Con independencia de nuestras discrepancias con la política concreta de trasvases planteada en el phn, los volúmenes de transferencia más importantes propuestos son los indicados en el cuadro 6. Es decir, que, con las transformaciones propuestas en el phn, los volúmenes remanentes medios en las diferentes cuencas afectadas al año 2.012, serían los indicados en el cuadro 7.

Los caudales remanentes, como puede comprobarse en dicho cuadro, resultan suficientes para atender adecuadamente los caudales medioambientales, sobre todo en la cuenca del Tajo, que, según las directrices seguidas en el phn, queda infrautilizada en la política de trasvases hidrográficos propuesta, como ya hemos puesto de manifiesto, lo que a nuestro juicio es un gran error, que ya hemos denunciado repetidamente, proponiendo las oportunas soluciones complementarias.5

Los caudales ambientales en el phn

El phn no aborda la determinación técnico-científica de los caudales medioambientales, sino que traslada el problema a los Planes Hidrológicos de cuenca, haciendo solamente la previsión (ver pág. 65 de 4) de que: “(…), la demanda ambiental que debe ser satisfecha desde los sistemas de regulación destinados a usos consuntivos –es decir, con recursos disponibles con garantía de suministro– es, como mínimo, el uno por ciento de los recursos naturales de la cuenca. Este porcentaje se ha incrementado al dos por ciento en la mayor parte de las cuencas e incluso a cifras superiores en alguna, como la del Duero, donde existen grandes tramos de ríos salmonícolas; por otra parte se ha destinado importantes volúmenes específicos para resolver problemas actuales localizados: Tablas de Daimiel, Doñana, Albufera de Valencia, Delta del Ebro, etc.”

En otro párrafo de la misma página se dice: “(…) debe tenerse en cuenta, a este respecto, que en un país semiárido como es España, y con recursos hidráulicos naturales escasos en muchas regiones, es preciso utilizar soluciones autóctonas más adecuadas que la simple extrapolación de criterios empleados en países húmedos de Europa central. No puede olvidarse que se trata de recuperar los cauces, sus márgenes y riberas y mantener láminas de agua de la calidad adecuada para cada ecosistema, lo que seguramente se puede conseguir con caudales y volúmenes razonables.”

Estamos completamente de acuerdo con lo dicho sobre el mantenimiento de niveles, y este procedimiento, que ha sido utilizado en el río Manzanares a su paso por Madrid, puede aplicarse a tramos concretos en que la estética de los parajes lo requiera (Toledo, Aranjuez, etc.) mediante la construcción de pequeños azudes que aseguren una lámina de agua fría sin tener que gastar importantes caudales para conseguirla. Los azudes de compuertas, que permiten vaciar a voluntad el agua embalsada para su renovación, constituyen la solución ideal en tramos urbanos para evitar malos olores.

En definitiva, el phn contempla unas demandas medioambientales de 2.019 hm3/año (1,8% de los recursos naturales medios), con independencia de los 3.150 hm3/año (2,8% de los recursos medios) para el Delta del Ebro.

Pues bien, en la referencia 3 se critica ampliamente la falta de atención del phn a este aspecto medioambiental, aun cuando se reserva un 4,6% de recursos naturales regulados para este fin, pero salvo las indicaciones a que se ha hecho referencia en el apartado segundo no se dan en dicho Dictamen criterios concretos para evaluar los caudales que deban circular por la red hidrográfica con este objetivo. Cabe añadir que el del 10% citado por dicho apartado no es más que el mantenimiento de viejas estimaciones conservadoras.

La comparación España-California

En diversas ocasiones se ha puesto como ejemplo de buena planificación y adecuada atención medioambiental al Estado de California (eeuu) en contraste con nuestro país para, de paso, criticar su política hidráulica. Intentaremos, con los últimos datos disponibles,6 y 7 establecer las correspondiente comparaciones haciendo los pertinentes comentarios. Las magnitudes principales son las presentadas en el cuadro 8.

Veamos (cuadro 10) cuáles son los porcentajes de utilización en usos consuntivos tradicionales (riegos y abastecimientos) respecto a los recursos medios (para mayor información sobre los datos de California se incluye el cuadro 9, procedente de 6). Como puede comprobarse en los citados cuadros, la utilización actual en California en usos consuntivos tradicionales resulta en año y medio un 170% de la de España si se incluye el trasvase del río Colorado, o un 181% si sólo se consideran los recursos propios del territorio californiano. Si consideramos las demandas previstas para año seco, los porcentajes anteriores suben a un 180% y un 192% respectivamente.

Tomado los datos correspondientes a los horizontes de planificación considerados resultan las demandas especificadas en el cuadro 11.

En este caso también puede comprobarse la mayor utilización porcentual a largo plazo de los recursos californianos en usos consuntivos tradicionales, que llega a ser para año y medio un 153% de la española incluido el trasvase del río Colorado o un 163% si no se incluye este último. En año seco las cifras resultan del 160% y 171% respectivamente.

De los resultados expuestos se deduce la sustancial menor utilización de los recursos hidráulicos españoles respecto a la de los californianos, aun cuando ambas regiones se encuentran en condiciones similares de abundancia hídrica, en las proximidades de los 3.000 m3 hab. y año (recuérdese que según los más recientes índices de calificación hidráulica un país se considera abundante cuando dispone de más de 1.700 m3/hab. y año de recursos naturales medios).

Cabe destacar que los datos y previsiones californianas incluyen demandas diferenciadas para año normal y año seco (véase el cuadro 9), lo que parece muy lógico, por lo que estimamos que dicha diferenciación debería haberse adoptado en los estudios del phn. Esta sistemática viene siendo utilizada por el cedex desde principios de la década de los ochenta, sobre todo en los estudios realizados para el exterior.

También puede observarse en el cuadro 9 que el único capítulo en el que se reducen las demandas previstas para año seco respecto a las de año medio es el de las medioambientales, con los resultados del cuadro 12. Esta reducción parece muy razonable, con objeto de poder atender en dichos períodos críticos las demandas de abastecimiento con mayor garantía. Opinamos que, siguiendo esta directriz californiana, se podrían adoptar en España coeficientes del orden del 0,6 para las demandas ambientales en períodos críticos.

En el mismo cuadro 9 puede comprobarse la importancia, tantas veces puesta de manifiesto, que en California se concede a las demandas medioambientales, que alcanzan, en su conjunto, niveles similares a los de la agricultura de regadío, tradicionalmente el sector más consumidor de agua. Sin embargo, cuando se hacen estas comparaciones se plantean de forma global y nunca se explica detalladamente la composición de dicha demanda medioambiental, que puede verse en la figura 1 y se transcribe en el cuadro 13.

Fig. 1. Reducción de suministro medio anual de agua: 85 millones de acres-pies (incluye aguas subterráneas)

De dicha figura y cuadro se deduce que el 75% de la demanda medioambiental corresponde a aquellos ríos calificados por el Estado californiano y por el Gobierno Federal como pintorescos (wild and scenic rivers) que, como puede verse en la figura 2, corresponden fundamentalmente a la región denominada Costa Norte (North Coast, ver figura 3), en la que la escorrentía superficial supone el 28,6/70,8 x 100 = 40,39% de la de toda California. Dicha calificación prohíbe el desarrollo hidráulico de las citadas corrientes fluviales, para que se conserven en su estado natural. El Gran Cañón del río Colorado, por ejemplo, es otro de los tramos de río declarado pintoresco.

Fig. 2. Wild and scenic rivers de California.

Fig. 3. Escorrentías (en millones de acres-pie).

Podríamos asimilar la Costa Norte de California a nuestra región hidrográfica del Norte de España, que tiene una utilización mínima de sus recursos en usos consuntivos (menos del 6%) y que dispone del  41.917/110.952  x 100 = 37,78% de la escorrentía fluvial del país. Realmente estos recursos se dejan circular de forma casi natural (la regulación actual es escasa) sin declararlos “ríos pintorescos”, pero se podría hacer algo similar a California para calmar las “impaciencias ecologistas”. Dicha calificación facilitaría y aceleraría la regeneración de sus aguas contaminadas en el País Vasco por su intensa actividad industrial. En cualquier caso habrá que estudiar las repercusiones económicas y ambientales indirectas que tal decisión entrañaría al eliminar parte del desarrollo potencial hidroeléctrico del país y privarle de una parte importante de su energía limpia, autóctona y renovable.

Como consecuencia de este movimiento medioambientalista californiano, en la década de los setenta se estudió por el Bureau of Reclamation norteamericano la posibilidad técnico-económica de construir un acueducto submarino desde el norte hasta el sur de California, de forma que se tomasen en las desembocaduras de los ríos, antes de rendir al mar, los caudales sin regular y de modo que no se afectase en nada a los cursos fluviales, que se conservarían en su forma natural. El resultado del estudio fue técnicamente positivo pero económicamente no abordable para los costes alternativos de aquella época, y esa fue una de las razones por las que en California se emprendiese una activa política de gestión de la demanda (ahorro de agua y reutilización) hoy en marcha, y que se fuesen desarrollando los mercados del agua, tan en boga hoy por el mundo, para mejorar la eficiencia del uso del recurso.

Ahora bien, conviene no olvidar que esta técnica de gestión a base de los mercados del agua, que bien controlada por la Administración la consideramos del máximo interés, se ha desarrollado en California después de construir una red de trasvases hidrográficos que totalizan una capacidad de transferencia de 10,5 millones de acres-pies al año (@13 km3/año) (ver figura 4), que representa un 10,5/7,8 + 30,9 x 100 = 27,13% de las demandas brutas de usos consuntivos (urbana, industrial y agrícola) en 1990 (véase el cuadro 9), con lo que la transferencia de derechos de uso del agua es perfectamente factible, con un libre juego oferta-demanda, gracias a la disponibilidad de esa infraestructura hidráulica. Es decir, que la técnica de gestión de la demanda necesita de esas grandes obras de infraestructura de trasvase para poder ser aplicada de manera eficaz.7 Lo que no puede hacerse es pretender aplicar los sistemas de gestión de transferencias de derechos de uso de forma amplia y efectiva antes de disponer de una importante interconexión entre demandas mediante las obras de trasvase. De otra forma el alcance de la gestión de la demanda es muy limitado, porque el ahorro en cuencas abundantes para su utilización dentro de la misma cuenca tiene pocas perspectivas, tanto cuantitativas como económicas.

Fig. 4. Transferencias regionales de agua. Horizonte 1990 (miles de acres-pie por año).

Cabe en estos momentos reflexionar y comentar sobre la crítica vertida en la referencia 3 en relación con el hecho de que: “El actual proyecto de Plan Hidrológico está planteado con una base más próxima a lo que podría definirse como una economía de obras que a una economía del recurso” (pág. 3).

En relación con este aspecto del planteamiento del phn, y sin perjuicio de que estamos en el fondo de acuerdo con lo transcrito anteriormente, y nos hemos manifestado en este sentido de forma clara,8 creemos sin embargo que es preciso matizar indicando que en este caso sucede algo similar a cuando se planteó en 1933 el trasvase Tajo-Segura y surgió como “alternativa” el trasvase del Ebro, poniéndose de manifiesto en 1967 al replantear el trasvase Tajo-Segura, tras un análisis más profundo del problema, que ambas soluciones no eran “alternativas” sino “concurrentes” y lo único que era preciso establecer era su orden de prioridad. Efectivamente, la gestión de la demanda (economía del recurso) y los trasvases hidrográficos (economía de obras) son soluciones concurrentes, no alternativas, no sólo por la necesidad física de interconectar fuentes de suministro y demandas alternativas, como hemos indicado anteriormente, sino también por la lentitud que es preciso prever en las actuaciones legales que permitan definir los derechos de los concesionarios de forma clara y su aceptación por parte de los usuarios, lo que quizás requiera un cambio generacional de mentalidad. Ya se decía en la referencia 9: “Sin embargo es preciso reconocer que una gestión más eficiente del agua, aunque es posible, no va a ser tarea fácil y, con seguridad, será un proceso lento, ya que los derechos adquiridos legalmente y las políticas tarifarias paternalistas tradicionalmente aplicadas, así como la falta, en general, de alicientes que permitan motivar el ahorro, no se cambian en un día. El agua, como bien social que es, además de económico, presenta una inercia grandísima a cambios que no contemplen una incentivación económica clara”.

Ligada a esa lentitud e inercia al cambio que la legalidad impone en la práctica explicamos el hecho de que California presente todavía unas dotaciones unitarias por hectárea de regadío un 45% superiores a las del regadío español, aun cuando hace muchos años que se encuentra inmersa en las políticas de gestión de la demanda. Efectivamente, en 1975 el Departamento de Recursos Hidráulicos del Estado de California llevó a cabo un estudio completo sobre la “Conservación del agua en California” cuyos resultados fueron publicados en el Boletín 198 de mayo de 1976.10 Esta es una prueba más de la lentitud del proceso de ahorro hidráulico a través del sistema legislativo, que ha sido subsanado con la incentivación económica del Banco de Sequías (mercado del agua).

A la vista de lo expuesto podemos concluir que las políticas de planificación en sus dos vertientes: economía de obras y economía del recurso, resultan concurrentes y no alternativas, siendo conveniente separar de la primera sus dos componentes principales (obras de regulación superficial y captaciones subterráneas por un lado y obras de trasvase por otro), resultando el primer grupo como la verdadera alternativa a la economía del recurso; pero el segundo grupo, los trasvases, deben reconocerse como totalmente necesarios para que esta última política conduzca a resultados prácticos y tangibles, como ya se ha indicado.

Estas matizaciones creemos que son totalmente necesarias para aclarar algo el panorama general de críticas que suscitó el phn, sin perjuicio de nuestra falta de coincidencia con sus planteamientos concretos. 8 Recomendamos, no obstante, la lectura del libro «Política y economía del agua en España»,11 en el que se incluye una razonable y equilibrada propuesta de introducción en España de la necesaria política de gestión de la demanda y ahorro hidráulico y de las implicaciones y dificultades que conlleva.

Después de esta disquisición filosófica sobre el enfoque de la política hidráulica y los trasvases, que creemos importante para centrar en sus justos términos el tan cacareado problema, continuaremos con el tema de los caudales ambientales, objeto principal de este artículo.

De la figura 1 puede deducirse que lo que en el phn se denominan caudales medioambientales en dicha figura se definen como “instream” y, como puede comprobarse, sólo suponen el 1% de los recursos demandados y circulantes, es decir, una cifra análoga a la considerada de forma general en el phn y bastante inferior al 1,8% estimado necesario en definitiva, si se hace abstracción del delta del Ebro.

Por otro lado, de la misma figura 1 se desprende que para atender las necesidades específicas del delta del río Sacramento, fundamentalmente de salinidad y piscícolas, se ha reservado un 5% de los recursos hídricos del Estado, valor que puede equipararse al 2,8% en que el phn ha evaluado las necesidades medioambientales de nuestro delta del Ebro, aun cuando éstas lo han sido en razón de que pudiera ser necesaria una cantidad tan importante para el equilibrio físico del área deltaica (cosa que dudamos), no por razones piscícolas.

Del examen comparativo realizado se desprende que la estimación previa hecha para atenciones medioambientales en el phn es bastante similar a las asignaciones destinadas a estos fines por la “ejemplar California” y, en consecuencia, estimamos perfectamente válidas las previsiones que con carácter previo hizo el phn. lo que no es admisible es argumentar la necesidad de dejar en los ríos volúmenes circulantes del orden de las demandas agrícolas para atenciones ambientales como resultado de una comparación “tendenciosa” con las cifras globales californianas de asignación o reserva de recursos.

Llegados a este punto me resisto a no comentar el caso de los caudales medioambientales del río Tajo en Aranjuez (6 m3/s de caudal mínimo), que están afectando gravemente y sin justificación clara al trasvase Tajo-Segura. En el anteproyecto del trasvase (año 1967) se estimó el caudal medioambiental en Bolarque en unos 4,5 m3/s (10% del caudal natural medio). Debido a que en la época de riegos los caudales para atender las demandas del tramo Bolarque-Aranjuez eran suficientes para cubrir este límite mínimo se propuso una reserva de unos 2 m3/s regulados para complementar en el invierno el caudal circulante procedente de la cuenca no controlada por Bolarque. Pues bien, sin ningún estudio específico que lo avalase se estableció en 1980 el caudal ambiental en Aranjuez en 6 m3/s (resulta una extraña coincidencia que dicho caudal está muy próximo a los retornos de refrigeración a circuito abierto de la central nuclear José Cabrera o Zorita), lo que supone más de un 13% del caudal medio estimado en 1967.

Si, como se indica recientemente, la aportación media en Bolarque durante el último decenio se ha reducido de 1.400 hm3/año a 1.000 hm3/año, es decir, del orden del 30%, el caudal medioambiental habría que reducirlo consecuentemente, es decir, a 6 x 0,7=4,2 m3/s. Si, por otro lado, se contemplasen criterios análogos a los californianos, de aplicar un coeficiente próximo al 0,6 a las demandas medioambientales en períodos secos, resultaría que el caudal en Aranjuez habría de reducirse a 0,6 x 4,2@2,5 m3/s en tales circunstancias, es decir, un caudal parecido al que fue establecido temporalmente por decisión ministerial en el estiaje de 1995 (3 m3/s).

Los caudales medioambientales y los trasvases hidrográficos

Tal y como se ha comentado anteriormente, las cuencas mediterráneas españolas (Sur, Segura, Júcar y Pirineo-Cataluña) han aprovechado sus recursos propios al máximo económico, dejando los ríos secos en períodos de estiaje durante cientos de años. Por lo tanto, si se quisiese restaurar una hidrología natural mínima que permitiese la vida a las comunidades biológicas originales será preciso contar en los trasvases hidrográficos con caudales para estas atenciones. Es conveniente cuidar el aspecto estético de estos cauces torrenciales mediterráneos debido al importante contingente turístico que los visitan año tras año, y cuyos beneficios alcanzan no sólo a las poblaciones de la región sino al conjunto de la comunidad nacional a través de su contribución al equilibrio de nuestra balanza de pagos.

Esta circunstancia ya se indicaba en la referencia 2 al hablar de caudales mínimos (pág. 165): “En la situación futura contemplada las corrientes fluviales situadas en las zonas deficitarias presentan condiciones más precarias en cuanto a caudales circulantes en sus tramos finales, tal y como sucede desde hace bastantes años en el río Turia a su paso por Valencia y en el Segura en Guardamar, por lo que será preciso estudiar la conveniencia de poder solucionar este problema con los trasvases hidrográficos”.

Del cuadro 1 se deduce que los volúmenes regulados naturales de las citadas cuencas son los indicados en el cuadro 14. Es decir, que a los volúmenes necesarios para atender los usos consuntivos tradicionales (abastecimientos y regadíos) habrá que añadir unos 1.000 hm3/año en año normal o unos 600 hm3/año en año seco para cubrir estas necesidades medioambientales, valores que dudamos se hayan incluido en las previsiones del phn.

De no aceptarse esta solución sería preciso desmantelar regadíos tradicionales ya establecidos, con la consiguiente pérdida de riqueza creada a lo largo de siglos.

Resumen

• Resulta urgente el establecimiento de criterios y metodologías oficiales para la determinación de los caudales medioambientales que es preciso respetar en la red fluvial española, con objeto de ratificar o modificar las estimaciones realizadas en el Plan Hidrológico Nacional.

Caso de mantenerse el actual criterio de considerar necesario el conservar unos caudales mínimos circulantes por los cauces de los ríos aprovechados en usos consuntivos del orden de los mínimos naturales, se propone que se adopte la cifra máxima del 6% de los recursos naturales medios, cuando no existan estudios específicos sobre el tema.

• La detracción de caudales de los ríos españoles que la atención de los usos consuntivos del país reclama resulta, en valores medios, bastante moderada, al suponer actualmente sólo la cuarta parte de los recursos fluviales medios, y al horizonte del phn no llega al 30%.

Sin embargo, la cuenca del Segura ya ha llegado a límites inadmisibles de utilización (superiores a los recursos propios) y la del Júcar se prevé que llegará a alcanzar dicha situación al año horizonte del phn.

Ambas cuencas reclaman con urgencia la aportación de recursos externos, lo cual no debe constituir ningún problema insalvable, a la vista de la situación de las cuencas abundantes de recursos: Norte, Tajo, Duero y Ebro, por este orden.

• Los caudales medioambientales considerados en el phn parecen razonables como una primera estimación, si se comparan con los asignados para este objetivo en el Estado de California (eeuu), cuya creciente atención a los aspectos medioambientales del aprovechamiento de sus recursos hídricos es de todos conocida, y se suele tomar como ejemplo y modelo a seguir.

• Siguiendo los criterios californianos, en períodos críticos de sequía los caudales mínimos podrían reducirse al 60% de sus valores normales, si la garantía de atención a los usos consuntivos así lo aconsejase.

• Las grandes obras de infraestructura hidráulica que permiten los trasvases entre cuencas son necesarias para abordar con éxito y eficacia la necesaria y conveniente orientación de gestión de la demanda que modernamente se preconiza, acertadamente, como prioridad en la política hidráulica del futuro. El ahorro hidráulico y la reasignación de recursos para un mayor rendimiento económico de las disponibilidades precisan de estas obras de interconexión entre oferta y demandas o posibles “mercados”. Por lo tanto, la política infraestructural de transferencias y la de gestión de la demanda son concurrentes y deben ir unidas hasta muy avanzados estados de aprovechamiento integral de los recursos, sobre todo si se tiene en cuenta la lentitud en la aplicación práctica de las políticas de gestión de la demanda debido a la inercia que es preciso prever en las actuaciones legales que permitan definir los derechos de los concesionarios de forma clara y a su aceptación por parte de los usuarios, lo que, quizás, requiera un cambio generacional de mentalidad. El ejemplo de California es claro en este aspecto, ya que iniciaron en 1975 el proceso de “conservación del agua” y todavía no se observan resultados tangibles en materia de regadíos que no estén incentivados económicamente.

• Se puede estudiar, en un paralelismo con el ejemplo californiano, si las cuencas del norte de España, en los tramos no aprovechados, deben declararse “ríos pintorescos protegidos” en los que la pesca y el esparcimiento constituyan sus principales objetivos de aprovechamiento de cara al futuro, para reservarlos como espacios naturales dedicables al ocio, con lo cual se encarecería notablemente su posible futuro aprovechamiento en la España seca. Con una decisión de este tipo se seguirían, como hemos indicado, pasos análogos a los realizados por el Estado de California en eeuu, considerado como ejemplo en el tratamiento de los problemas medioambientales, pero es preciso llamar la atención en que la riqueza de este Estado norteamericano es doble que la de nuestro país.

En cualquier caso sería necesario estudiar las repercusiones económicas y ambientales indirectas que tal decisión entrañaría, al privarle a nuestro país de una parte importante de su potencial hidroeléctrico pendiente, que constituye una fuente energética autóctona, limpia y renovable.

• Los trasvases hidrográficos se presentan como la única solución racional para atender las necesidades medioambientales de las cuencas españolas que ya han agotado (o están próximas a hacerlo) sus recursos propios en la atención de los usos consuntivos tradicionales, si no se quiere destruir riqueza creada a lo largo de los siglos.

Estas demandas, adecuadamente cuantificadas, deben incluirse en cualquier planteamiento de corrección de zonas deficitarias con recursos hídricos de áreas abundantes.                       

Bibliografía

1. El agua en España, Ministerio de Obras Públicas, Centro de Estudios Hidrográficos, 1981.  

2. Los recursos hidráulicos, Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), 1985.  

3. Dictamen sobre el Plan Hidrológico Nacional, MOPTMA, Dirección General de Política Ambiental, 1994.  

4. Plan Hidrológico Nacional, MOPTMA, Dirección General de Obras Hidráulicas, 1993.  

5. Los excedentes trasvasables desde la cabecera del Tajo a la cuenca del Segura, José Mª Martín Mendiluce, 1993.  

6. Trabajo presentado bajo el título “California Water Plan. U.S.A.”, Raymond D. Hart, Chief Division of Local Assistance, State Department of Water Resources, California, U.S.A.  

7. Mekong Basin Development Plan: Insigth Workshop, Bangkok, abril 1996. Trabajo presentado bajo el título “La transferencia de derechos de uso del agua. La experiencia de California”, Ricardo Segura Graíño, 1996.  

8. Notas y comentarios al Plan Hidrológico Nacional de abril de 1993, José Mª Martín Mendiluce, septiembre 1993, Informe presentado al Consejo Nacional del Agua.  

9. “Los embalses en España. Su necesidad y transcendencia económica”, José Mª Martín Mendiluce, Revista de Obras Públicas, mayo 1996.

10. “Water conservation in California”, Department of Water Resources, State of California, Bulletin 198-84, July 1984.

11. Política y economía del agua en España, Víctor Pérez Díaz, Josu Mezo y Berta Álvarez Miranda, III Premio Círculo de Empresarios, Madrid, marzo 1996.