OP

    REVISTA DEL COLEGIO DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS
Nº33
AÑO 1995
SANEAMIENTO, II

El Plan de Saneamiento de Cataluña

Antoni García i Coma*

Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. Gerente de la Junta de Sanejament. Generalitat de Catalunya

LA JUNTA DE SANEJAMENT

EL PLAN DE SANEAMIENTO

Programa de saneamiento de aguas residuales urbanas

Programa de tratamiento de los fangos de las depuradoras de aguas residuales urbanas

Programa de saneamiento de aguas residuales industriales

Programa de saneamiento de aguas residuales de origen ganadero

Programa de saneamiento de aguas residuales de origen agrícola

Programa de saneamiento de aguas residuales por contaminación de origen difuso

PROGRAMA ECONÓMICO FINANCIERO

Datos hasta 1993

Datos de 1994

Datos de 1995

Supuestos empleados

PROYECCIÓN DE LAS CIFRAS DE 1995 HASTA EL AÑO 2019

ITS doméstico

ITS industrial

Subvenciones CEE

Subvenciones M.O.P.T.M.A.

Departament de Medi Ambient

Multas

Decreto fondos de cohesión

Gastos de explotación

Gastos generales

Ayudas a la industria

Nueva inversión

Reposición de inversión

Intereses

OTRAS CIFRAS

Descriptores: Plan de Saneamiento, Zonas sensibles, Programa de depuración de aguas urbanas, Programa de depuración de aguas industriales, Programa de tratamiento de fangos, Programa económico financiero.

La Junta de Sanejament

En el año 1981, y por acuerdo unánime de todas las fuerzas políticas, la Generalitat de Catalunya creó la Junta de Sanejament, según ley 5/1981, como organismo autónomo administrativo con la finalidad de poder hacer frente a las necesidades de saneamiento.

El 22 de marzo de 1991, la Generalitat de Catalunya creó el Departament de Medi Ambient y le asignó, entre otros, la Junta de Sanejament, que, mediante la ley 19/91, se transformó en empresa pública sometida al Derecho Público y al Derecho Privado. El motivo de ser una empresa pública no es otro que conseguir una agilidad en ciertas tramitaciones a través del derecho privado y una flexibilidad para poder encomendar diversos trabajos a los diferentes equipos humanos que componen la Junta.

El Plan de Saneamiento

El Plan de Saneamiento tiene como objetivo la calidad de nuestros cursos fluviales. Este objetivo está en concordancia con la Directiva 91/271 de la Unión Europea, donde se fija que todos los núcleos de población de más de 2.000 habitantes tienen que tener sus aguas depuradas, con tratamiento secundario, antes del año 2005. En Cataluña, por resolución del Parlament, se fija esta fecha para el año 1998.

La definición de calidad en los ríos catalanes se refleja en la figura 1.

Por otra parte, la misma Directiva obliga a los Estados miembros a la definición de zonas sensibles. Esta definición, atendiendo a los usos prefijados del agua, así como a zonas de posibles eutrofizaciones, se puede ver en la figura 2.

Fig. 1. Calidad de los cursos de agua según la I.S.Q.A. objetivo del plan

Fig. 2. Definición de la sensibilidad de los cursos de agua según la directiva 91/271/CEE

El Plan de Saneamiento, con el fin de conseguir sus objetivos de calidad y sensibilidad, se desarrollará de acuerdo con una serie de programas, como:

• Programa de aguas residuales urbanas.

• Programa de tratamiento de fangos.

• Programa de saneamiento de aguas residuales industriales.

• Programa de saneamiento de aguas residuales de origen ganadero.

• Programa de saneamiento de aguas residuales de origen agrícola.

• Programa de saneamiento de aguas residuales por contaminación de origen difuso.

La Junta de Saneamiento se nutre de una tasa finalista que grava el vertido de agua sucia. Esta tasa adopta dos formas, en función de la procedencia del agua: cuando ésta proviene de una compañía de suministro, se llama Incremento de Tasa de Saneamiento (i.t.s.), y cuando es de fuentes propias, ya sean pozos o concesiones superficiales, se llama Canon de Saneamiento (c.s.). El carácter finalista de la tasa quiere decir que sólo se puede utilizar para hacer frente a los gastos del Plan de Saneamiento, es decir, gastos de funcionamiento de la Junta de Sanejament, así como para la inversión y explotación de sistemas de saneamiento en alta, estaciones depuradoras de aguas residuales y el tratamiento y eliminación de los fangos de depuradoras. También se prevé la financiación, hasta el 30%, de instalaciones de pretratamiento o tratamiento completo para industrias que ya estuvieran implantadas antes de la aplicación de los diferentes planes de saneamiento en las distintas zonas de Cataluña.

En el año 1981, la Generalitat de Catalunya ya era consciente y dio un paso adelante con la aplicación del principio de que “quien contamina paga”, creando estas dos tasas.

Programa de saneamiento de aguas residuales urbanas

El programa de obras para el saneamiento de las aguas urbanas define el sistema de colectores en alta y las estaciones depuradoras de aguas residuales, buscando la mejor alternativa que compatibilice los costes asignados por infraestructura y la mayor cantidad de aguas residuales recogidas.

Aunque tienen un carácter orientativo, los criterios que se han de emplear en el diseño de los nuevos proyectos de edars son los que a continuación se exponen, teniendo presente, además de la población de hecho, la población estacional y las características de los vertidos industriales a la red de alcantarillado. También se incluye la eliminación de nutrientes en las “zonas sensibles”.

a. Para poblaciones inferiores a 10.000 habitantes equivalentes se utilizan líneas de tratamiento que exigen un consumo energético y una producción de fangos baja. El criterio de simplicidad en la operación de la planta y la reducción de gastos de explotación suponen, generalmente, una inversión inicial mayor, pero aseguran la atención y la utilización adecuadas de los municipios menores, frecuentemente limitados en sus recursos.

b. En caso de necesitarse un tratamiento avanzado (con eliminación de nutrientes) para aglomeraciones del rango mencionado en el criterio anterior, se opta por procesos de gran estabilidad y sencillez de control, aunque represente un coste energético mayor, ya que se compensa con la menor cualificación y dotación de personal para su operación.

c. Para poblaciones superiores a 10.000 habitantes equivalentes se seleccionan combinaciones de procesos que optimicen económicamente el conjunto de inversión inicial y gastos de explotación posteriores.

d. En las poblaciones sujetas a gran variabilidad estacional (con relación superior a 3/1 entre temporada alta y baja) se han concebido líneas de tratamiento dotadas de gran flexibilidad de funcionamiento, de manera que puedan adaptarse, en todo momento, a las demandas y que al mismo tiempo se minimice la parte de inversión que tendrá que permanecer fuera de servicio en temporada baja.

e. Con el fin de evitar el enriquecimiento en nitratos de las aguas de abastecimiento y la eutrofización de los cursos de agua, se implementan líneas de tratamiento para reducir el nitrógeno y el fósforo en los casos que la Directiva 91/271/CEE delimita.

La aplicación del conjunto de criterios expuestos anteriormente conduce a la adopción de las propuestas tecnológicas que se detallan a continuación.

Líneas de proceso previstas

Atendiendo al volumen de la población, el grado de tratamiento básico exigido, y la relación de estacionalidad, se han establecido veinte líneas de proceso, la descripción del cual se realiza a continuación.

Tipo DB1

Población menor de 6.000 h-e, relación estacional inferior a 3/1, y sin reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Decantador primario-digestor.

— Tratamiento biológico con biodiscos o filtros biológicos.

— Decantador secundario.

Se prevé una línea hasta 3.000 h-e, y dos hasta 6.000.

Tipo DB2

Población entre 6.000 y 10.000 h-e, relación estacional inferior a 3/1, y sin reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Decantador primario con rasquetas convencionales.

— Tratamiento biológico con biodiscos o filtros biológicos.

— Decantador secundario convencional.

— Digestor anaerobio independiente, sin calefacción.

Se prevé una línea hasta 6.000 h-e, y dos hasta 10.000.

Tipo B

Población menor de 10.000 h-e, con relación estacional entre 3/1 y 6/1, sin reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Tratamiento biológico de fangos activos en oxidación total para temporada baja, y convencional para temporada alta.

— Decantador secundario.

— Digestor aerobio para temporada alta.

El número de líneas es de dos en todos los casos.

Tipo DB3

Población menor de 10.000 h-e, con relación estacional entre 6/1 y 10/1, sin reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Decantador primario convencional para temporada alta .

— Tratamiento biológico de fangos activos en oxidación total para temporada baja, y convencional para temporada alta.

— Decantador secundario.

— Digestor aerobio para temporada alta.

El número de líneas es de dos en todos los casos.

Tipo QB1

Población menor de 10.000 h-e, con relación estacional superior a 10/1, sin reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Precipitación química de decantación primaria para temporada alta.

— Tratamiento biológico de fangos activos en oxidación total para temporada baja, y convencional para temporada alta.

— Decantador secundario.

— Digestor aerobio para temporada alta y eventual estabilización química complementaria.

El número de líneas es de dos en todos los casos.

Tipo BN

Población menor de 10.000 h-e, con relación estacional inferior a 3/1, y con reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Tratamiento biológico de fangos activos con nitrificación-desnitrificación y estabilización aerobia de fangos (carga másica inferior a 0,10).

— Decantador secundario.

Se preverá un número de líneas de acuerdo con lo que se estableció para los tipos DB1 y DB2.

Tipo DBN1

Población menor de 10.000 h-e, relación estacional entre 3/1 y 10/1, con reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Decantador primario para temporada alta.

— Tratamiento biológico de fangos activos con nitrificación-desnitrificación.

— Decantador secundario.

— Digestor aerobio para temporada alta.

El número de líneas se adaptará a la relación de estacionalidad.

Tipo QBN1

Población menor de 10.000 h-e, relación estacional superior a 10/1, con reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Precipitación química en decantación primaria para temporada alta.

— Tratamiento biológico de fangos activos con eventual nitrificación-desnitrificación.

— Decantador secundario.

— Digestor aerobio para temporada alta y eventual estabilización química complementaria.

El número de líneas se adaptará a la relación de estacionalidad.

Tipo DB4

Población entre 10.000 y 40.000 h-e, con relación estacional inferior a 3/1, sin reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Decantador primario.

— Tratamiento biológico con biodiscos, filtros biológicos o fangos activos convencionales.

— Decantador secundario.

— Digestor aerobio.

El número de líneas es de dos en todos los casos.

Tipo DB5

Población entre 10.000 y 40.000 h-e, con relación estacional inferior a 3/1 y 6/1, sin reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Tratamiento biológico de fangos activos en oxidación total para temporada baja y convencional en alta.

— Decantador secundario.

— Digestor aerobio para temporada alta.

El número de líneas es de dos en todos los casos.

Tipo DB6

Población entre 10.000 y 40.000 h-e, con relación estacional entre 6/1 y 10/1, sin reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Decantador primario.

— Tratamiento biológico de fangos activos en oxidación total para temporada baja y convencional en alta.

— Decantador secundario.

— Digestor aerobio para temporada alta.

El número de líneas es de dos en todos los casos.

Tipo QB2

Población entre 10.000 y 40.000 h-e, con relación estacional superior a 10/1, sin reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Precipitación química en decantación primaria para temporada alta.

— Tratamiento biológico de fangos activos en oxidación total para temporada baja y convencional en alta.

— Decantador secundario.

— Digestor aerobio para temporada alta y eventual estabilización química complementaria.

El número de líneas se adaptará a la relación de estacionalidad.

Tipo DBN2

Población entre 10.000 y 40.000 h-e, con relación estacional menor de 10/1, con reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Decantador primario.

— Tratamiento biológico de fangos activos con nitrificación-desnitrificación.

— Decantador secundario.

— Digestor aerobio.

El número de líneas es de dos hasta una relación estacional 3/1; para valores superiores se adaptará el número de líneas a la relación de estacionalidad.

Tipo QBN2

Población entre 10.000 y 40.000 h-e, con relación estacional superior a 10/1, con reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Precipitación química en decantación primaria para temporada alta.

— Tratamiento biológico de fangos activos con eventual nitrificación-desnitrificación.

— Decantador secundario.

— Digestor aerobio y eventual estabilización química complementaria para temporada alta.

El número de líneas se adaptará a la relación de estacionalidad.

Tipo DB7

Población superior a 40.000 h-e, con relación estacional superior a 3/1, sin reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Decantador primario.

— Tratamiento biológico de fangos activos convencionales.

— Decantador secundario.

— Digestor anaerobio mesofílico.

El número de líneas se adaptará al volumen poblacional, con un mínimo de dos.

Tipo QB3

Población superior a 40.000 h-e, con relación estacional superior a 3/1, sin reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Precipitación química en decantación primaria para temporada alta.

— Tratamiento biológico de fangos activos convencionales.

— Decantador secundario.

— Digestor anaerobio mesofílico y eventual estabilización química complementaria en temporada alta.

El número de líneas se adaptará al valor de la relación estacional.

Tipo DBN3

Población superior a 40.000 h-e, con reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Decantador primario.

— Tratamiento biológico de fangos activos con nitrificación-desnitrificación.

— Decantador secundario.

— Digestor anaerobio mesofílico.

El número de líneas se adaptará a la relación estacional y al volumen poblacional, con un mínimo de dos.

Tipo QBN3

Población superior a 40.000 h-e, con reducción de nutrientes.

— Pretratamiento.

— Precipitación química en decantación primaria.

— Tratamiento biológico de fangos activos con nitrificación-desnitrificación.

— Decantador secundario.

— Digestor anaerobio mesofílico.

El número de líneas se adaptará a la relación estacional y al volumen poblacional, con un mínimo de dos.

Finalmente, se puede prever la posible utilización de balsas naturales (ll) o aireadas (la), en aquellos municipios menores en que las condiciones locales (topografía y disponibilidad de superficie, entre otras) lo permitan.

La fiabilidad del proceso de tratamiento, así como la eficacia y el rendimiento de las plantas depuradoras, son aspectos que habrá que tener en cuenta en la explotación y mantenimiento de las plantas de tratamiento.

En efecto, en la explotación y el mantenimiento de los sistemas de saneamiento habrá que incidir, prioritariamente, en los objetivos siguientes:

• Mantener el funcionamiento normal de la estación en forma ininterrumpida y conseguir los índices de depuración fijados.

• Conservar en perfecto estado todos los elementos, los equipos y las instalaciones de la planta.

• Coordinar y complementar las actuaciones en materia de control de vertidos para que permitan el funcionamiento correcto, tanto técnico como económico, de la estación.

• Diseñar los sistemas de control tanto del funcionamiento de la estación como de los parámetros principales del agua de entrada y de salida.

• Priorizar las actuaciones que tiendan a la minimización de los costos de explotación y mantenimiento de los sistemas de saneamiento, sin disminución de su eficacia.

• Proyectar la imagen positiva de las estaciones depuradoras como un servicio público de incidencia positiva tanto socialmente como ambientalmente.

• El carácter educativo medioambiental de las visitas pedagógicas.

Actualmente, Cataluña dispone de 128 edars en servicio: 40 antes de la creación de la Junta de Sanejament y 88 desde su creación. En este momento están en construcción 73 nuevas plantas y 17 ampliaciones, quedando por ejecutar un total de 90 nuevas edars y 30 ampliaciones de las ya en funcionamiento.

De los datos expuestos en el cuadro 1, resulta una inversión real, en pesetas constantes, de 282.048 millones de pesetas.

Los caudales que actualmente se tratan alcanzan un total de 1.445.000 m3/día. En construcción hay un tratamiento de 210.000 m3/día y la previsión para el final del plan es de 695.000 m3/día, de los que unos 500.000 corresponden a la planta de El Prat de Llobregat. De todo ello resulta un tratamiento total de 2.350.000 m3/día (Fig. 3).

Fig. 3. Caudales tratados en Cataluña. Situación actual y previsiones del plan para 1998.

La población equivalente servida por el Programa de saneamiento de aguas residuales urbanas será de 14.339.318, distribuida de la siguiente manera: 2.117.673 en zonas normales; 3.008.535 en zonas sensibles y 9.153.110 en zonas menos sensibles, debido, fundamentalmente, a que la mayor densidad de población se sitúa en la costa así como en las partes bajas tanto del Llobregat como del Besòs.

Las zonas sensibles tenían que ser delimitadas por los Estados miembros antes del 31/12/93 de acuerdo con unos criterios básicos contenidos en el Anexo II de la Directiva 91/271/CEE de aguas residuales urbanas que se pueden sintetizar en la caracterización que sigue a continuación:

a. Cursos hídricos que posean actualmente carácter eutrófico o que puedan llegar a adquirirlo en un futuro próximo, en el caso de no recibir la protección adecuada. Se extiende explícitamente el ámbito de esta protección a los lagos naturales y otros medios de agua dulce, los estuarios y las aguas costeras, es decir, a cualquier masa o curso acuático que posea algún grado o riesgo de eutrofización. El mencionado ámbito se explicita de manera más detallada en los dos parágrafos dedicados a las consideraciones que pueden orientar sobre el nutriente que habría de ser reducido; en el primero de ellos, se recomienda la eliminación del fósforo (con una reducción complementaria de nitrógeno sólamente si se realizan vertidos de grandes aglomeraciones urbanas) de los efluentes que viertan a lagos y rieras (se ha de entender cursos fluviales) que desemboquen en lagos, embalses o bahías cerradas (con un escaso intercambio de aguas). Con todo ello, se intenta evitar la incorporación de nutrientes a cursos acuáticos que, por su estructura, son receptáculos acumuladores de aquéllos.

El segundo párrafo mencionado propone la eliminación de fósforo y/o nitrógeno de los efluentes que viertan a estuarios, bahías y otras aguas costeras que tengan un intercambio escaso o reciban una gran cantidad de nutrientes por la aportación de grandes aglomeraciones urbanas.

b. Se determina también que serán zonas sensibles aquellas aguas dulces de superficie que se destinen a la obtención de agua potable, por lo cual es de relevancia (en cuanto a la eliminación de nitratos) la Directiva 75/440, CEE, del Consejo, de 16 de junio de 1975.

Programa de tratamiento de los fangos de las depuradoras de aguas residuales urbanas

Complementariamente al Programa de aguas residuales urbanas aparece el Programa para el tratamiento de los fangos generados en las edars urbanas. La producción total de fangos de depuración en Cataluña, en el año 1993, se evalúa en unos 3,2 millones de toneladas. Esta cantidad corresponde, aproximadamente, a unas 204.347 t/año de materia seca con una humedad media de más del 90%.

De esta cantidad total, un 32% es fango proveniente de sistemas de depuración biológicos, mientras que el 68% restante es fango proveniente de sistemas de depuración físico-química.

Aproximadamente la mitad de la materia seca del año 1993 se genera en el ámbito de las cuencas del Llobregat y el Besòs. La participación de las plantas del mencionado ámbito en el total de fango generado llega al 82% si se considera respecto a la materia total.

El cuadro 2 recoge la distribución de las cantidades de fango que se generaron durante el año 1993 y la previsión de generación, de acuerdo con las tecnologías empleadas, en el año 2010 en los diversos ámbitos territoriales de Cataluña.

Los criterios básicos empleados en la elección de los sistemas de eliminación de fangos consisten en:

• Reutilización de fangos.

• Minimización de las cantidades de fangos producidas.

• Optimización del coste económico de la eliminación de los fangos.

• Adopción de tecnologías contrastadas.

• Simplificación del transporte de los fangos.

• Aceptación social de las soluciones planteadas.

En cualquier caso, el programa promocionará la aplicación en la agricultura, la restauración de canteras, el reciclaje por compostaje, el secado térmico, en todas aquellas actuaciones donde resulten técnica y económicamente factibles. En términos de materia fresca, se procurará el aumento de aplicación al suelo.

Esta actuación comporta una inversión de 31.855 millones de pesetas, distribuida como se indica en el cuadro 3.

Programa de saneamiento de aguas residuales industriales

La consecución de los objetivos que marca el Plan de Saneamiento supone, para las aguas residuales industriales, conseguir unos vertidos que se ajusten a la norma. Y ello se ha de hacer con procesos industriales variables; no sólamente instalaciones de saneamiento, sino también con posibles cambios de proceso, que se realicen dentro de establecimientos cambiantes. Pretender llevar a cabo esta tarea con instrumentos exclusivamente represivos es un error. La política a seguir que marca el programa es la siguiente:

• Cooperación con los diferentes sectores industriales. Se llega a ésta consiguiendo transmitir el mensaje de la inevitabilidad del cambio y de la voluntad de equidad en todos los establecimientos de un mismo sector por parte de la Junta. Al mismo tiempo, se ha de tener una absoluta coherencia en las políticas a aplicar y utilizar todas las herramientas represivas y disuasorias a nuestro alcance cuando convenga, así como las incentivadoras cuando sea el caso. La forma más obvia de plasmar esto, aparte de las actuaciones diarias, son los convenios con los diferentes sectores.

• Utilización de todas las herramientas de que disponemos para poder dar una respuesta específica a cada segmento industrial. Así, el programa habrá de identificar cuatro segmentos claramente diferenciados:

— El segmento significativo. Se ha identificado 158 establecimientos que producen un vertido conjunto de 77,5 hm3/año, que, por su carga orgánica, es equivalente a 1,8 millones de habitantes equivalentes. En este caso se han de aplicar políticas individuales a medida para cada caso. El pdg y un seguimiento riguroso son la solución más adecuada.

— El segmento diferenciado o disperso. Éste está constituido por 3.145 establecimientos que se caracterizan por tener un vertido cualitativamente diferente al doméstico y tributar de acuerdo con ello. El vertido conjunto de este segmento es de 69,7 hm3/año con 2.200 t/año de dqo decantada que le hace ser disperso en sus vertidos. La política a seguir es la de conseguir un buen cumplimiento tanto de las Ordenanzas de Vertido como de los permisos de vertido a dominio público. Todo esto se habrá de conseguir mediante un seguimiento de los valores de los vertidos declarados y una aplicación tanto de medidas incentivadoras (pdgs y subvenciones) como represivas si se observa una falsedad en su autodeclaración.

— El segmento asimilable a doméstico. Con 7.188 establecimientos, requerirá un seguimiento de los vertidos como el anterior pero no tan intenso, ya que sólo habrá que vigilar que no evolucione hacia características asimilables en el segmento diferenciado.

— El segmento difuso. Está constituido por establecimientos que aunque no son estrictamente industriales contaminan, real o potencialmente, con sus vertidos al dominio público. Este segmento, con 3.809 establecimientos, sólo hay que vigilarlo por posibles infracciones y evoluciones de establecimientos individuales hacia el segmento diferenciado.

Estos dos últimos segmentos tienen un vertido conjunto de 100 hm3/año con una carga orgánica vertida equivalente a 2,3 millones de habitantes equivalentes.

La Junta de Sanejament tiene mecanismos de subvención para las industrias que tengan que corregir su proceso productivo. Estas ayudas y el número de solicitudes se pueden ver en la figura 4. La subvención máxima que se puede conceder, de acuerdo con la normativa europea, en ningún caso puede superar el 30%.

Fig. 4. Ayudas de la Junta de Sanejament a las industrias que tienen que corregir su proceso productivo y número de solicitudes hasta 1994.

Programa de saneamiento de aguas residuales de origen ganadero

Teniendo en cuenta la importancia que los residuos ganaderos tienen en la contaminación de las aguas en algunas de las comarcas de Cataluña, hace falta establecer un programa de saneamiento de aguas residuales de origen ganadero que permita un almacenaje controlado, que regule la cantidad de purines que hay que depositar por hectárea y que fomente la aplicación y el enterramiento del purín en épocas adecuadas. No hacerlo así, comporta una disminución de la producción agrícola por exceso de abono y una pérdida de nutrientes por deposición en períodos no activos, o por evaporación en forma de amoníaco o por lixiviado de los nitratos y nitritos generados, así como de los fosfatos, que comporta una contaminación de las aguas superficiales y subterráneas.

En consecuencia, el programa habrá de contar con un capítulo de gestión de los residuos ganaderos que permita controlar la deposición en todos los supuestos.

En el caso de que el ganadero sea a la vez propietario o gestor de una explotación agrícola, habrá de demostrar que los residuos agropecuarios pueden ser depositados en las cantidades y las calidades adecuadas en sus campos.

Cuando el ganadero no sea propietario ni gestor de una explotación agrícola o si lo es pero tiene una producción de purines en exceso para la superficie de cultivo de que dispone, habrá de convenir con otros explotadores agrícolas la deposición controlada de los purines o bien considerarlos como un residuo que ha de ser gestionado en instalaciones propias o de terceras personas.

En los casos en que los purines generados no dispongan de las superficies necesarias para su deposición controlada, el almacenaje en lugar adecuado y tiempo suficiente será obligatorio, así como también su redistribución y deposición posterior en suelos con capacidad potencial de recibir nutrientes. Los excedentes de excrementos y purines que todavía queden habrán de ser tratados y depurados y se velará por que los productos del tratamiento (fangos y líquido residual) sean reutilizados: el sólido, como compost, y el líquido, como agua de riego.

Este último supuesto representa tener que construir y mantener instalaciones de tratamiento, una vez definidos los puntos óptimos de implantación de la infraestructura necesaria para el almacenaje y la depuración de los purines, a la vez que habrá que mantener la red de redistribución de los residuos ganaderos.

Para sufragar los costes que se deriven de las obras, del mantenimiento, del transporte y de la gestión de los sistemas de redistribución y de tratamiento, si se diera el caso, se seguirá el principio de que “quien contamina paga”, así como también las leyes del mercado que permiten considerar los residuos ganaderos como bienes (abonos) que se introducen en la ley de la oferta y la demanda y, en consecuencia, como productos de interés para los campesinos que tienen necesidad de abonar sus tierras.

Programa de saneamiento de aguas residuales de origen agrícola

De la misma manera que se buscan en la actividad industrial procesos y tecnologías limpias y ahorradoras de agua, en la agricultura, después de los problemas detectados y considerando el agua y el suelo como recursos escasos, tendrán que implantarse, cada vez más, sistemas de riego con menor consumo de agua y la racionalización de las prácticas agrícolas ajustadas a la información que las ciencias aplicadas aporten. En este sentido, se tendrán que reforzar las prácticas que permitan el incremento de la retención de nutrientes y su reciclaje, la disminución del uso de herbicidas y pesticidas –especialmente los de amplio espectro– y la reducción de la erosión. En resumen, se tendrían que reforzar las buenas prácticas agrícolas de acuerdo con lo que los artículos 4 y 5 y los anexos II y III incluidos en la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 91/676, de 12 de diciembre, especifican, relativos a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura.

Programa de saneamiento de aguas residuales por contaminación de origen difuso

Para controlar las alteraciones posibles de las aguas, tanto superficiales como subterráneas, hay que minimizar su contacto con los materiales que puedan lixiviar compuestos contaminantes, diseñando sistemas para el control de los sedimentos (bases de decantación) y teniendo cuidado de disponer y verter los productos y sustancias contaminantes en los lugares que la legislación vigente especifica.

Programa económico financiero

Para asegurar la viabilidad de las inversiones, así como de las explotaciones, y con el fin de poder analizar las necesidades financieras del Plan de Saneamiento, se desarrolla un programa económico-financiero. El resumen de este programa es el que se puede ver en el cuadro 4.

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Datos hasta 1993

Corresponden a la cifras históricas de las ejecuciones presupuestarias desde la creación de la Junta de Sanejament hasta el 31 de diciembre de 1993.

Datos de 1994

Corresponden a la previsión de cierre del presupuesto de la Junta de Sanejament para el año 1994, de acuerdo con la ley 16/1993, de 28 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat de Catalunya.

Datos de 1995

Las cifras corresponden al presupuesto enviado al Consell de Direcció de 17 de octubre de 1994.

Supuestos empleados

a. Las cifras que se expresan en el cuadro 4, se han considerado por su valor nominal en el año 1994 y constantes desde el año 1995, no habiéndose contemplado, como consecuencia, la repercusión de la inflación.

b. Se consideran flujos de ejecuciones presupuestarias, en lugar de flujos de tesorería. A largo plazo, su efecto, visto en su conjunto, no provoca distorsiones, dado que se produce el solapamiento de un ejercicio con el siguiente.

c. Todas las cifras se expresan en millones de pesetas.

Proyección de las cifras de 1995 hasta el año 2019

ITS doméstico

Para el período 1995-1998 se considera una congelación de las tarifas (incremento igual a inflación, por lo que el crecimiento es cero ya que la hipótesis de trabajo es en pesetas constantes del año 1994) y un crecimiento del consumo del 1% anual.

Para el período 1999-2019 se considera un incremento de las tarifas de un 1,5% por encima de la inflación y el mismo incremento del consumo que en el período anterior.

En la figura 5 y el cuadro 5, se puede ver las evoluciones de las tarifas.

Fig. 5. Evolución de las tarifas de saneamiento.

ITS industrial

Para el período 1995-1998 se ha previsto un incremento nulo de las tarifas industriales por encima del ipc, así como un incremento de los volúmenes declarados de un 1%, provocado por la entrada en vigor del Decreto 286/1992, de 24 de noviembre, por una mayor eficacia en el procedimiento inspector y por el crecimiento de los volúmenes consumidos.

A partir de 1999 y hasta el año 2019 se ha calculado un incremento de las tarifas con el mismo porcentaje que en el periodo anterior, así como un aumento del consumo del 1% anual.

Subvenciones CEE

Corresponden a ayudas otorgadas por la cee en actuaciones inversoras en sistemas de saneamiento de aguas residuales, tales como los programas envireg, interreg, etc.

Subvenciones M.O.P.T.M.A.

Corresponden a las aportaciones del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente en concepto de cofinanciación de los sistemas de saneamiento de aguas residuales.

Departament de Medi Ambient

Son las aportaciones a realizar por el Departament de Medi Ambient según los traspasos en materia de control de las playas y aguas litorales, por los cuales se traspasa a la Junta de Sanejament la Sección de control de la contaminación de las aguas marinas y las playas del Servicio de preservación del entorno natural del Departament de Medi Ambient.

Multas

Importes estimados de las sanciones impuestas por la Junta de Sanejament en materia de vertidos de aguas residuales urbanas e industriales, de acuerdo con el reglamento del Dominio Público Hidráulico y la ley 22/1988, de julio, de Costas.

Decreto Fondos de Cohesión

Corresponde a la aportación prevista por el Fondo de Cohesión al Plan de Saneamiento de Cataluña.

Como ingresos también se tiene en cuenta la previsión del Fondo de Cohesión. La distribución de los citados fondos podría ser diversa:

a. 25% del Plan de Saneamiento: 77.930 millones de pesetas.

b. Carga contaminante: Cataluña: 82.729 millones de pesetas.

c. Reparto según dotación y distribución a medio ambiente e infraestructura del transporte: 100.000 millones de pesetas.

Como en estos momentos la más desfavorable es la “a” y también parece la más verosímil, escogeremos esta.

Gastos de explotación

Los crecimientos que se producen desde 1994 hasta el año 1999 serán motivados por el incremento de caudales depurados, mejoras de los tratamientos y aplicación del programa de fangos, que originarán la puesta en marcha de las nuevas estaciones depuradoras, de acuerdo con la ejecución del Plan de Saneamiento. A partir de 1999 se ha considerado un incremento de un 0,5%.

Gastos generales

Este epígrafe incluye gastos de personal, estudios, asistencia técnica, suministros exteriores y gastos generales.

Se prevé que estos gastos se mantengan constantes desde el año 1993 hasta el 2000. A partir de este año se podrán ir reduciendo hasta el año 2005, en que quedarán estabilizados en 1.000 millones de pesetas. Esta reducción será posible por el descenso esperado de los gastos generales de tipo variable, una vez se haya ejecutado íntegramente el Plan de Saneamiento.

Ayudas a la industria

Corresponden a las ayudas reguladas por el Decreto 54/1986, de 30 de enero, que financian parcialmente las inversiones de las industrias en sistemas de saneamiento de aguas.

Nueva inversión

Cuantifica todas las inversiones a realizar en sistemas de saneamiento para el período 1993-1998 en toda Cataluña y que incluyen las zonas A (que agrupa todas las cuencas que desembocan directamente al Mediterráneo sin pasar por el Ebro, juntamente con la Costa Brava) y B (que agrupa todas las cuencas que vierten al río Ebro, las cuencas de los ríos Garona y Sènia, y las rieras que vierten al mar entre el barranco del Codolar y el río Sènia). Esta nueva inversión corresponde a la ejecución del nuevo Plan de Saneamiento.

Reposición de inversión

Importes destinados a cubrir el deterioro de las inversiones efectuadas en sistemas de saneamiento en los períodos anteriores.

Se ha incrementado el valor destinado a esta partida entre el 2000 y el 2005, estabilizándose, a partir de esta fecha, en 5.000 millones anuales.

Intereses

Los intereses se han calculado a un tipo calculatorio del 7%, de acuerdo con el supuesto de pesetas constantes de todo el programa económico-financiero.

Fig. 6. Evolución de inversiones.

Otras cifras

Se ha calculado por separado la aplicación del iva dentro de las partidas siguientes:

a. Recaudación en concepto de its: se aplica un 6% (repercutido).

b. Explotación y gastos generales: un 6% y un 15%, respectivamente, teniendo en cuenta que dentro de los gastos generales hay algunos elementos que no estarían afectados (por ejemplo, personal). Se trata de iva soportado.

c. Nueva inversión y reposición: están afectadas por un iva de un 15% (soportado).

La diferencia entre el total iva soportado y el total iva repercutido se refleja en la partida de diferencia iva.

En el caso de 1993, las cifras de diferencia de iva dan un saldo acreedor a nuestro favor contra Hacienda de 1.124.

d. Por tanto, la previsión económica del plan nos lleva al equilibrio económico del mismo para el año 2020.