OP

    REVISTA DEL COLEGIO DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS
Nº 45
AÑO 1999
RÍO Y CIUDAD, Volumen I

Encauzamientos en zonas urbanas

Francisco Redondo Fernández* y Maximiliano Vara Escudero**

*Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos

**Ingeniero Técnico de Obras Públicas. Confederación Hidrográfica del Norte (CHN)

INTRODUCCIÓN

EN EL PRINCIPIO ERA EL RÍO

La zona riparia
La llanura de inundación

LA CIUDAD

LOS CONFLICTOS

Ríos en llanuras aluviales
Los meandros y los fenómenos de erosión
Multicauces trenzados
Llanuras de inundación e inundaciones
Ríos en terrenos no aluviales
La calidad de las aguas

LA BÚSQUEDA DE SOLUCIONES

La protección de las zonas riparias
La protección de los ríos y la normativa de ordenación territorial
Las zonas húmedas
La defensa de márgenes. Estabilización de meandros
Las cortas
La estabilización de cauces en multicauces trenzados
Inundaciones y llanuras de inundación
Ríos en terrenos no aluviales
Los avances en la mejora de la calidad de las aguas
Los cauces de mantenimiento

CONSIDERACIONES FINALES


Descriptores
RÍO, ZONA RIPARIA, INUNDACIONES, ENCAUZAMIENTOS, CIUDAD, VEGAS

Introducción

Debemos reconocer que la propuesta de una colaboración sobre el tema “Encauzamientos en zonas urbanas” nos causó cierta incomodidad. Se trataba de analizar los aspectos más agresivos de nuestra actividad profesional, la Ingeniería Hidrológica, buscando la posibilidad de establecer una relación no destructiva entre el desarrollo urbanístico –la creación humana artificial por excelencia– y un medio natural: el río.

Conscientes de la dificultad del asunto, hemos intentado analizar estas relaciones, poniendo sobre la mesa algunas medidas destinadas a mejorar, ya que no a resolver, este conflicto.

Las consideraciones que aquí se incluyen nacen de la reflexión sobre problemas hidrológicos de dos profesionales que han dedicado una parte importante de su vida al diseño y construcción de proyectos y obras de infraestructura fluvial, intentando armonizar lo necesario con lo deseable; y todo ello en una época en la que la toma de conciencia de la sociedad en relación con la conservación medioambiental ha impuesto importantes cambios en las concepciones y tipologías de las infraestructuras fluviales. En cualquier caso, no hemos pretendido establecer posturas dogmáticas, sino inducir a la reflexión y el diálogo sobre estos asuntos.

En la exposición hemos adoptado un esquema metodológico clásico:

1. Descripción de los agentes: el río y la ciudad.

2. Análisis de los conflictos.

3. Búsqueda de soluciones.

Ello ha obligado, en algún apartado, a volver sobre asuntos mencionados con anterioridad, lo que ha resultado inevitable dada la interrelación de los mismos.

En el principio era el río

Aunque todos tenemos una idea clara de lo que es un río (“una corriente de agua continua y más o menos caudalosa que va a desembocar en otra, en un lago o en el mar”, tal como lo define el Diccionario de la Real Academia), no estará de más establecer algunas precisiones. Para ello recordaremos algunos artículos de la Ley de Aguas:

Artículo 4º: Álveo o cauce natural de una corriente continua o discontinua es el terreno cubierto por las aguas en las máximas crecidas ordinarias.

Artículo 6º: Se entiende por riberas las fajas laterales de los cauces públicos situados por encima del nivel de aguas bajas, y por márgenes los terrenos que lindan con los cauces.

La definición de la máxima crecida ordinaria a que hace referencia el Artículo 4º fue establecida reglamentariamente del siguiente modo:

Artículo 4.2: Se considera como caudal de la máxima crecida ordinaria la media de los máximos caudales anuales, en su régimen natural, producidos durante diez años consecutivos, que sean representativos del comportamiento hidráulico de la corriente.

Si analizamos las definiciones anteriores veremos que el río es, a efectos legales, únicamente la corriente de agua, mientras que el cauce natural sería lo que normalmente apreciamos como superficie excavada por éste en los terrenos circundantes.

L. B. Leopold ha constatado, con carácter general, considerando un buen número de casos, que la media de los caudales máximos anuales presenta un período de retorno de 2,3 años, mientras que el período de retorno que obtiene para un desbordamiento generalizado es de 1,5 años, por lo que podemos considerar, siempre con carácter general y como valores medios, que un río, en una llanura aluvial, “se fabrica” un cauce que corresponde a una avenida de un período de retorno del orden de los dos años.

Por otra parte, consideramos importante poner de manifiesto que, aunque la Ley de Aguas establece sobre los terrenos de la margen una zona de policía de 100 metros, no llega a definir hasta qué distancia (se supone mayor de 100 metros), o mejor, qué características deben tener los terrenos adyacentes al cauce para ser considerados como márgenes del río.

A nuestro entender resulta más clarificador el concepto de zona riparia, tal como se emplea en la literatura anglosajona al referirse a aquellos terrenos que forman una única unidad ambiental con el río, y por ello emplearemos esa terminología, considerando aquellos espacios (riberas en sentido amplio), en que la influencia freática determina cambios perceptibles en la estructura y composición de las comunidades florísticas y faunísticas.

Por todo lo anteriormente expuesto, en el desarrollo de este trabajo consideraremos el concepto de río en un sentido amplio, entendiendo la zona riparia como parte del mismo, e intentaremos estudiar la problemática en dos regímenes distintos de caudal:

1. Caudales no excepcionales, en los que no se desborden los cauces, analizando los problemas de los mismos y las zonas riparias.

2. Caudales excepcionales, capaces de provocar inundaciones, analizando los problemas de las llanuras de inundación.

La zona riparia

La zona riparia es la parte de la llanura de inundación que forma una única unidad ambiental con el río. Los componentes físicos (biotopo) de un ecosistema están estrechamente interrelacionados con los elementos bióticos (biocenosis) y por lo tanto su problemática debe ser analizada de forma conjunta.

La zona riparia está fundamentalmente caracterizada por su vegetación, que en ocasiones llega a desarrollar importantes bosques de galería, y que tiene efectos favorables para el mantenimiento del ecosistema fluvial, como son:

— Proporciona estabilidad material a las riberas.

— La sombra producida ayuda a controlar la temperatura del agua (y por tanto su contenido de oxígeno).

— La existencia de vegetación proporciona alimento (invertebrados, insectos) a determinadas especies piscícolas.

— Supone un hábitat natural de otras especies de flora y fauna, incrementando la biodiversidad.

— En algunos casos la existencia de esta franja verde supone una defensa de la calidad de las aguas del río, por su capacidad de filtrado de las aguas de escorrentía, disminuyendo la contaminación difusa por lavado, de origen agrícola o urbano.

Tradicionalmente los bosques de galería han sido objeto de una agresión generalizada, con objeto de liberar terrenos para su aprovechamiento agrícola o urbanístico.

El carácter lineal del ecosistema fluvial hace que sea particularmente sensible ante agresiones que, sin ser de gran magnitud en términos absolutos, son capaces de romper la continuidad del mismo, contribuyendo a la creación de “islas ambientales”, lo que degrada la diversidad biótica y la integración y calidad paisajística.

La llanura de inundación

La llanura de inundación o vega es la parte del valle afectada por las aguas en las crecidas extraordinarias.

Con carácter general, los cauces naturales son capaces de desaguar, sin producir desbordamientos de importancia, avenidas del orden de dos años de período de retorno. Por tanto, debemos admitir que las inundaciones son una característica natural de las llanuras de inundación y la pretensión de impedirlas puede obligar a cuantiosas inversiones cuya racionalidad económica y social debe evaluarse cuidadosamente.

Las llanuras de inundación adquieren un gran valor agrícola por la humedad y fertilidad de sus suelos; pero además sus características topográficas las hacen particularmente atractivas para el establecimiento de asentamientos urbanos, complejos industriales e infraestructuras de transporte.

La ciudad

La ciudad, decía Ortega y Gasset, “es un ensayo de secesión que hace el hombre para vivir fuera y frente al cosmos, tomando de él porciones selectas y acotadas”.

El fenómeno urbano nace de la asociación de grupos de personas para defenderse de un medio que les es hostil. La ciudad, opuesta al campo, crece y se consolida con una clara vocación de modificar el espacio existente, de alterar sus características, de convertir lo natural en artificial, para su mejor uso y disfrute.

A partir del Neolítico se crean, gracias al descubrimiento de las prácticas agrícolas y ganaderas, los primeros asentamientos estables. Las primeras aglomeraciones urbanas de cierta importancia de las que se tiene noticia se sitúan en las orillas de ríos importantes (Tigris-Éufrates, Nilo).

La fertilidad de los terrenos, la existencia de agua abundante, la pesca, la facilidad de transporte y la disposición de un medio eficaz para la eliminación de residuos, configuran los terrenos ribereños como los más adecuados para el desarrollo urbano.

A partir de ese momento comenzó una lucha tenaz, que aún continúa, para evitar que las aguas vuelvan a ocupar, ciertamente de forma esporádica, uno de sus espacios naturales: la llanura de inundación.

En la última mitad del siglo xx se han ido desarrollando, de modo creciente, planteamientos que suponen una superación de la contradicción dialéctica campo-ciudad. Las ideologías ambientalistas que defienden la posibilidad de mantener, mediante una utilización sostenible de los recursos, la diversidad biológica de los ecosistemas, han sido aceptadas en todas las comunidades civilizadas.

Los conflictos

En los cauces de los ríos se produce un transporte en doble fase, agua y acarreos, que configura un equilibrio dinámico, donde se alternan de modo espacial y temporal situaciones de erosión o sedimentación del cauce y las riberas. La gran variabilidad de los caudales circulantes hace que los desbordamientos y la ocupación por las aguas de las llanuras de inundación sean frecuentes.

En este contexto, los asentamientos urbanos o las obras de infraestructuras perturban el equilibrio natural del río, tanto hidráulico como ambiental, mediante costosas obras que originan impactos y secuelas de difícil (a veces imposible) corrección.

Obviamente, además de las afecciones puramente físicas, existe el problema de la contaminación de las aguas originada por los vertidos urbanos o industriales y la contaminación agrícola difusa de las aguas de escorrentía.

En este análisis distinguiremos únicamente dos tipos de corrientes fluviales, que presentan una problemática básicamente distinta:

a.  Ríos cuyo cauce discurre por llanuras formadas por terrenos aluviales, correspondientes a tramos medios y bajos.

b.  Ríos, arroyos y torrentes de montaña en cauces de erosión, con muy escaso desarrollo aluvial.

Ríos en llanuras aluviales

En general, los tramos fluviales más significativos se encuentran ubicados en llanuras aluviales o vegas, formadas por la erosión del río sobre las laderas y constituidas por materiales de acarreo que el propio río ha ido depositando.

En estas llanuras, la mayor parte de los ríos, sobre todo en cursos bajos, tienen tendencia a la formación de meandros. No obstante, normalmente en los cursos medios, también se presentan tramos de multicauces trenzados (braided en la literatura anglosajona).

Obviamente, en función de las características del río y los terrenos atravesados, pueden presentarse otras tipologías; consideraremos únicamente las citadas, como las más frecuentes y de efectos más relevantes.

Los meandros y los fenómenos de erosión

Sobre las causas que originan la iniciación de un meandro se han expuesto numerosas teorías, sin que se haya llegado a un acuerdo. En cualquier caso, una vez iniciado, la tendencia es seguir atacando la margen cóncava a la vez que se forman llerones o playas de acarreos en la margen convexa.

La sobreelevación en las curvas origina una componente transversal que hace que las trayectorias de las corrientes sean helicoidales, lo que configura un esquema de pozos en las curvas y contracurvas y vados entre ellos.

Leopold y Wolman, basándose en numerosas observaciones, expusieron las siguientes relaciones en dimensiones físicas de los meandros:

• La longitud de los meandros está comprendida casi siempre entre 10 y 14 veces la anchura del cauce.

• El radio de curvatura es del orden de dos o tres veces la anchura del cauce.

• La amplitud del meandro es habitualmente del orden de 0,5 a 1,5 veces su longitud (los conceptos amplitud y longitud son análogos a los que se emplean en cualquier tipo de teoría de ondas).

La evolución de los meandros y su tendencia natural a barrer toda la terraza fluvial originan los problemas de erosión de riberas y márgenes, lo que conlleva la desaparición de terrenos y la consiguiente presión sobre las administraciones públicas para acometer obras de ingeniería destinadas a fijar los meandros en una determinada posición. El fenómeno erosivo, grave para sus propietarios en el caso de terrenos de uso agrícola, puede convertirse en dramático en el caso de áreas urbanizadas.

Multicauces trenzados

A veces el río ocupa una amplia franja del valle, separándose en un gran número de cauces de entidad variable, que se entrecruzan entre sí. En ocasiones esta morfología aparece en tramos en los que el canal principal no es capaz de evacuar en régimen continuo o pseudocontinuo los acarreos que recibe.

Estos tramos son muy inestables, sus alineaciones cambian con frecuencia y los acarreos pueden depositarse de forma errática, lo que configura una situación impredecible.

La colonización de los terrenos de este tipo de cauces, a causa de una falsa impresión de abandono del cauce por parte del río, basada en observaciones temporalmente insuficientes, puede dar lugar a consecuencias desastrosas por el efecto devastador de las riadas en estos cauces, debido a las fuertes velocidades y a la importante magnitud de su transporte sólido, en general de materiales gruesos.

Llanuras de inundación e inundaciones

Como se ha indicado anteriormente, los cauces naturales pueden desaguar, con carácter general, avenidas del orden de los dos años de período de retorno. Por tanto, en un cauce natural, en caso de avenidas extraordinarias el agua ocupa una parte de la llanura de inundación. El agua circula por la llanura de inundación con velocidades muy inferiores a la velocidad en el cauce, por lo que el efecto de almacenamiento en esta zona es más importante que el incremento de capacidad de desagüe.

El problema surge, por lo tanto, con la ocupación de la llanura de inundación por asentamientos o infraestructuras del transporte. Tarde o temprano se producirán inundaciones y los afectados reclamarán airadamente de la administración encargada de la custodia del río la adopción de las medidas estructurales necesarias para evitar que se repitan las inundaciones.

Fig. 1. Llanura aluvial (río Narcea en Laneo). Las casas antiguas están situadas en las cotas más altas de la llanura de inundación

Fig. 2. Multicauce trenzado (río San Isidro en Llanos). Los cauces varían ocupando prácticamente la llanura.

 

Si además tenemos en cuenta que, en ocasiones, tales asentamientos cuentan con licencias y autorizaciones de las administraciones locales (en el uso de sus competencias exclusivas en materia de urbanismo), cuando no de el beneplácito, incluso del apoyo, en la ocupación de las zonas inundables, podemos comprender su indignación.

Si a esto añadimos que la capacidad para intervenir en las márgenes, encomendada a los Organismos de Cuenca (Confederaciones Hidrográficas), está limitada a los 100 metros de la zona de policía, y únicamente por razones reglamentariamente limitadas, habremos cerrado un círculo no sólo vicioso sino auténticamente kafkiano.

Así planteada la cuestión, podríamos pensar que el único problema consiste en disponer de los fondos necesarios para adoptar medidas estructurales en aquellos tramos de río en que se consideren necesarias. A este respecto, entendemos que proceden las siguientes consideraciones:

• La creación de un cauce artificial capaz de desaguar una avenida del orden de 100 años de período de retorno (valor de avenida utilizado por muchas administraciones), obliga a la construcción de un cauce considerablemente mayor que el cauce natural.

• La adopción de medidas de canalización en una vega, al eliminar el volumen de regulación de la llanura de inundación, producirá efectos en las vegas aguas abajo que no están canalizadas con los mismos criterios. Deberá evaluarse la magnitud de estos efectos y disponer las medidas correctoras necesarias.

• El aumento de velocidad, al existir tramos canalizados, hace disminuir los tiempos de concentración, reduciendo la duración del hidrograma, lo que hace –a su vez– aumentar el valor del caudal punta.

• Aunque la canalización pueda proteger frente a un cierto valor de la avenida extraordinaria (por ejemplo, el comúnmente aceptado valor de 100 años de período de retorno) pueden presentarse avenidas superiores que desborden la canalización e invadan la llanura de inundación.

• La creencia de que las zonas protegidas por una canalización están libres de inundaciones puede originar una ocupación masiva de la mismas, por lo cual, y aunque las inundaciones sean muchísimo menos frecuentes, paralelamente los daños serán incomparablemente superiores, y por tanto, en términos económicos, la canalización de un río podría llegar a generar pérdidas en un análisis coste-beneficio correcto.

Ríos en terrenos no aluviales

Queremos referirnos en este apartado a la corriente de agua en la que el cauce es básicamente de erosión, con escaso desarrollo de acarreos, en general ríos de montaña con márgenes en “V” y fuertes pendientes.

Este tipo de corrientes, a pesar de tratarse en general de cauces de pequeña magnitud, son el origen de un porcentaje muy importante de los daños por riadas.

La violencia de las riadas o arrolladas, unida a su carácter repentino e impredecible, suele tener efectos catastróficos sobre los asentamientos afectados, tanto en pérdidas económicas como de vidas humanas.

Algunas de las causas de los problemas creados por este tipo de corrientes son:

• Canalizaciones de los arroyos en conducciones claramente insuficientes, para permitir la urbanización de los terrenos de los cauces.

• Deslizamientos por erosión del pie de márgenes formadas por laderas escarpadas, que originan una auténtica presa de tierras, la cual, una vez rebasada, origina una arrollada de agua, fangos y acarreos de consecuencias devastadoras.

• Ocupaciones de cauces y márgenes por aprovechamientos agrícolas, viviendas y subviviendas, con frecuencia de carácter ilegal.

La calidad de las aguas

Ya en la antigüedad, desde la creación de las primeras aglomeraciones urbanas, se originó el problema de la evacuación de las aguas de lluvia que caían sobre las superficies urbanizadas, lo que dio origen a la creación de las redes de drenaje de las ciudades.

La eliminación de los desechos biológicos humanos se realizaba a través de letrinas situadas en patios de manzana, que se vaciaban de cuando en cuando o que se filtraban, cuando las condiciones del terreno eran favorables, contaminando gravemente las aguas subterráneas.

Otras aguas residuales domésticas, como las de lavado, se eliminaban por simple vertido a calles y cunetas, aunque, al no existir, salvo casos muy particulares, redes de abastecimiento de agua, los caudales no eran muy grandes: era el dominio del “agua va”.

En tales condiciones los cursos de agua no presentaban, en general, contaminaciones de origen doméstico de importancia. Claro está que existían ya, desde muy antiguo, industrias contaminantes: almazaras, batanes, tintorerías, etc., las cuales originaban situaciones de contaminación en algunos cursos de agua.

Pero volviendo a los desechos domésticos, la situación anteriormente descrita, unida al gran crecimiento de las aglomeraciones urbanas originado por la Revolución Industrial, originó una situación sanitaria terrorífica en las aglomeraciones urbanas. La esperanza de vida y la mortalidad infantil alcanzaron valores escalofriantes y las epidemias se sucedieron de modo regular.

Hay que destacar el gran avance que se produjo en esa época en las investigaciones bacteriológicas y el desarrollo de las teorías sobre gérmenes, principalmente por Koch y Pasteur, que llevaron a un mayor conocimiento de los modos de transmisión de las enfermedades.

En este contexto se produce una fuerte reacción, que supone la adopción de una perspectiva higienista del urbanismo, y que se traduce en la introducción de medidas de tipo sanitario en las leyes de reforma interior de poblaciones. Sirva como ejemplo la ley de Posada Herrera de 1861 (que no llegó a aprobarse, y que se denominaba “Ley General para la Reforma, Saneamiento y Ensanche y otras mejoras de poblaciones”), hasta llegar a la Instrucción General de Sanidad de 1904 y el Reglamento de Higiene Pública de 1910.

En la segunda mitad del siglo xix se generaliza, principalmente en Inglaterra y Estados Unidos la distribución de agua en las viviendas; hacia el año 1850 comienzan a instalarse en Estados Unidos los primeros retretes con cisterna.

A partir de todos estos avances la situación sanitaria de las grandes ciudades mejora de modo radical, ya que los desechos biológicos se habían convertido en líquidos, y se pudieron utilizar las redes de drenaje existentes desaguando en los ríos.

Si a ello se une, por la misma época, un desarrollo industrial acelerado, sin ningún tipo de control o limitaciones, el resultado fue una contaminación insostenible de los cursos de agua, afectados por las aglomeraciones urbanas.

La búsqueda de soluciones

Llegados a este punto, considerando todo lo expuesto hasta ahora, sería bueno recapitular y preguntarnos ¿qué es lo que tenemos?

• Tenemos un ecosistema longitudinal –el río– formado por un cauce y una zona riparia. También tenemos una llanura de inundación que es ocupada de forma esporádica por las aguas y, en el caso de ríos desarrollados en llanuras aluviales, unos movimientos transversales de éste, que ocupa con su cauce posiciones cambiantes dentro de la llanura: esto es lo natural.

• Tenemos asentamientos urbanos, complejos industriales y obras de infraestructura del transporte que ocupan no sólo las llanuras de inundación, sino la zona riparia, rompiendo la continuidad del ecosistema, fragmentándolo y dañándolo: esto es lo artificial.

Obviamente, podrían construirse ciudades que, conservando franjas ambientales en las márgenes, mantuviesen la continuidad de la zona riparia; pero en las ciudades ya construidas la restauración de estas zonas se plantea como extraordinariamente costosa, sin hablar de casos en que, en razón de la magnitud de las ciudades, la importancia de las infraestructuras instaladas, los valores históricos o arquitectónicos y otros motivos la convierten en imposible.

Fig. 3. Encauzamiento (río Caudal en Mieres). La zona riparia es irrecuperable en el tramo urbano.

Fig. 4. Detalle de encauzamiento (río Narcea en Cornellana). En la escollera situada a la derecha de la imagen (1992) se ha desarrollado la vegetación de ribera (1997).

 

 

Los asentamientos situados en las llanuras de inundación fuera de la zona riparia suponen, desde el punto de vista del ecosistema fluvial, una agresión menor. Aquí el problema estriba en la presión de las comunidades para fijar el cauce y canalizar el río para impedir las inundaciones.

A continuación pasaremos revista a todos los problemas expuestos, intentando establecer las posibles medidas correctoras y las condiciones en que resulta conveniente su aplicación.

La protección de las zonas riparias

Para el mantenimiento del ecosistema fluvial resulta fundamental la existencia de la zona riparia con sus bosques de galería. Estas zonas han sido prácticamente eliminadas en las canalizaciones realizadas en la mayor parte de las zonas urbanas. Incluso en terrenos rurales las zonas riparias han sido destruidas en gran parte a fin de ganar terrenos para la agricultura.

Resulta por tanto recomendable todo tipo de actuación destinada a su conservación y en su caso a su restauración. En los encauzamientos de nueva construcción deberían incluirse franjas verdes inundables en las que pudiese desarrollarse la vegetación de ribera, incluyendo la creación de estas zonas y la ocupación de los terrenos correspondientes en el ámbito del proyecto, si es que no se respetan las existentes.

En cualquier caso, todo intento de defensa de las zonas riparias será inútil si no se consigue que su protección esté recogida en los instrumentos de ordenación del territorio.

La protección de los ríos y la normativa de ordenación territorial

Los antiguos (y nunca desarrollados) Planes Directores de Ordenación Territorial, dejaron paso a otros instrumentos de ordenación del territorio análogos, creados por las Comunidades Autónomas en el marco de sus competencias. En el caso concreto del Principado de Asturias (donde ejercemos nuestra actividad) las Directrices Regionales de Ordenación del Territorio (1991) declaraban como zona sensible una banda a lo largo del litoral de 500 metros (contemplada en la Ley de Costas como zona de influencia). Posteriormente las Directrices Subregionales de Ordenación del Territorio para la franja costera de Asturias (1993) declaraban la citada franja de 500 metros como Suelo No Urbanizable de Costas, y como tal debería ser incluido en los Planes Generales Municipales de Ordenación.

Tan generosa protección no tuvo en cambio paralelismo en la protección de las zonas riparias de las márgenes de los ríos, que gozan de una protección mucho menos decidida.

El Reglamento del Dominio Público Hidráulico dice en su Artículo 9: “En la zona de policía de 100 metros de anchura medidos horizontalmente a partir del cauce, y con el fin de proteger el dominio público hidráulico y el régimen de corrientes, quedan sometidos a lo dispuesto en este Reglamento las siguientes actividades y usos del suelo:

a. Las alteraciones sustanciales del relieve natural del terreno.

b. Las extracciones de áridos.

c. Las construcciones de todo tipo, tengan carácter definitivo o provisional.

d. Cualquier otro uso o actividad que suponga un obstáculo para la corriente en régimen de avenidas o que pueda ser causa de degradación o deterioro del dominio público hidráulico”.

Más precisas son las medidas de protección incluidas en el Plan Hidrológico Norte ii, que incluye al Principado de Asturias, de reciente aprobación, que se concretan en:

— Limitaciones a la edificación en zonas de policía inundables, en tanto no exista un plan de encauzamiento del río aprobado por el Ayuntamiento y el Organismo de Cuenca.

— Medidas destinadas a la conservación y recuperación del recurso y de su entorno que se encuadran en dos grupos:

a. Medidas de protección de calidad de las aguas en embalses y tramos de ríos destinados a abastecimiento y medidas de recuperación de riberas. Los tramos a proteger aparecen relacionados en el plan.

b. Medidas de protección de zonas húmedas, ríos de interés medioambiental, tramos de ríos de interés natural, y ríos en espacios protegidos.

La relación de estos espacios, seleccionados de forma consensuada y coherente con las figuras de protección del Principado de Asturias, y los más reducidos del Estado (limitados al Parque Nacional de los Picos de Europa), aparece incluida en el Plan Hidrológico Norte ii. En el caso de Asturias resulta de particular importancia la existencia del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Principado de Asturias (porna), aprobado por el Decreto 38/94 por el Principado de Asturias en el ámbito de sus competencias medioambientales. En el porna se incluyen medidas de protección del ecosistema fluvial en las actuaciones en que éste resulte afectado. También se establece la necesidad de dotar a los ríos del Principado de un Plan de Recuperación y Protección de los Cursos Fluviales.

Las zonas húmedas

La denominación de zonas húmedas o humedales es extensiva a un gran número de hábitats fluviales, incluidos en la zona riparia, de características diferentes, desde zonas de marisma permanentemente inundadas hasta zonas inundables eventualmente pero con el nivel freático superficial.

Estos ecosistemas tienen un especial interés, debido a su gran capacidad de producción primaria y la enorme biodiversidad de su biocenosis.

La progresiva desaparición de estas zonas, por labores de desecación y rellenos (en ocasiones simples vertederos de obras públicas), y su importancia para la conservación de la flora y la fauna, las convierte en zonas protegibles de especial interés.

Es por tanto muy recomendable la restauración de los humedales degradados, e incluso la creación de humedales artificiales allí donde hayan desaparecido los originales.

La defensa de márgenes. Estabilización de meandros

Los meandros evolucionan con mayor o menor rapidez. Los afectados reclaman la defensa de sus propiedades, por lo que es práctica habitual la fijación de las márgenes.

Aunque supone una alteración de las condiciones naturales, la fijación de márgenes es una práctica habitual que, a nuestro entender, si se ejecuta con criterios adecuados, no debe implicar deterioros graves al ecosistema fluvial.

Con carácter general deberán observarse los siguientes criterios:

• Separar, siempre que sea posible, las obras de defensa de márgenes de las obras de defensa contra inundaciones, disponiendo los diques de defensa contra inundaciones retirados de las riberas, a fin de salvaguardar la zona riparia y su vegetación de la presión urbanística.

• La construcción de diques de defensa contra inundaciones que comprenda únicamente los núcleos urbanos puede tomarse en consideración cuando la estructura urbana lo permita.

La creación de cauces canalizados muy amplios, capaces de desaguar avenidas de altos períodos de retorno (por ejemplo 100 años), provoca un descenso en la lámina en caudales de estiaje de consecuencias muy desfavorables para la vida piscícola.

• Fomentar al máximo las defensas a base de plantaciones, piqueteados y otros sistemas que conserven el estado natural de las riberas, evitando las obras de fábrica.

• Cuando sea imprescindible la construcción de obras de fábrica deberán evitarse los muros de hormigón. Los diques de escollera son más recomendables, por su mejor comportamiento frente a erosiones de pie, su mayor facilidad de reparación, su relativa capacidad para albergar vegetación de ribera y su menor coste.

• Evitar, si es posible, la construcción de largos tramos de defensas longitudinales de diques de escollera de ribera. Es preferible disponer estas defensas allí donde sean imprescindibles, consiguiendo la fijación de las márgenes a base de puntos duros y espigones transversales cortos, combinándolos con plantaciones de árboles o arbustos y otros tipos de actuaciones blandas.

Las cortas

Las cortas de meandros deben evitarse en la medida de lo posible. Por una parte, el aumento y la discontinuidad de las pendientes en las cortas y el correspondiente aumento de la capacidad de transporte pueden originar importantes desequilibrios en el transporte sólido, originando erosiones en la zona de la corta y depósitos aguas abajo, que pueden ser de graves consecuencias.

Si se proyecta una corta deberán diseñarse los dispositivos hidráulicos de disipación de energía necesarios para corregir los desequilibrios del transporte sólido.

Otro aspecto a cuidar en las cortas es el tratamiento de los terrenos del cauce abandonado y de sus márgenes, convertidos en terrenos sin desagüe al haber perdido su drenaje natural.

Fig. 5. Río Aller en Caborana en 1984. Las márgenes están ocupadas  por escombreras y actividades mineras. (El río fluye hacia la izquierda; tomar como referencia el puente).

Fig. 6. Río Aller en Caborana en 1997. Las márgenes se han recuperado para uso público y la vegetación de ribera ha comenzado a regenerarse (El río fluye hacia la derecha; tomar como referencia el puente).

Fig. 7. Detalle del encauzamiento anterior. La ribera, protegida con escollera, ha sido repoblada de forma natural y ésta no se aprecia.

La estabilización de cauces en multicauces trenzados

En general la ocupación urbanística de las llanuras aluviales donde se asientan estos ríos, de difícil aprovechamiento por la variación repentina de los cauces, se ha realizado a base de disponer un cauce capaz de albergar avenidas de cierta entidad (por ejemplo 100 años).

Si tenemos en cuenta que los ríos adoptan la tipología de multicauce trenzado para una determinada combinación de régimen de caudales, pendientes y granulometría, la sustitución de un cauce por uno de tipología totalmente diferente puede originar problemas de depósitos en los tramos de aguas abajo.

Con carácter general parece conveniente respetar una anchura considerablemente mayor de la necesaria por requerimientos estrictamente hidráulicos, para crear así un cauce más similar al original.

Inundaciones y llanuras de inundación

Desde un planteamiento estrictamente ambientalista las llanuras de inundación son necesarias para que el río, ocupándolas en casos de avenidas, mantenga su equilibrio; pero los terrenos que forman estas llanuras tienen un gran valor, no sólo como terrenos agrícolas, sino para la ubicación de asentamientos urbanos y de infraestructuras del transporte.

Fig. 8. Río Caudal en Ujo en 1992. Las márgenes están afectadas por escombreras y otros rellenos antrópicos.

Fig. 9. Río Caudal en Ujo en 1997. Las márgenes se han recuperado para uso público.

Existen, por otra parte, asentamientos urbanos históricamente consolidados que es necesario defender. En la mayor parte de estos casos no parece viable que las actuaciones destinadas a devolver al río a su estado natural puedan actuar sobre un ámbito superior a la restauración de la zona riparia, y eso, en general, a base de costosas inversiones.

Por lo tanto, una política destinada a permitir la inundación total o parcial de la llanura de inundación sólo podrá aplicarse razonablemente en áreas que todavía no estén consolidadas.

En nuestra opinión, cualquier planteamiento sensato sobre la gestión de zonas inundables debería partir del establecimiento de fuertes limitaciones a los asentamientos en estas zonas, antes que de la adopción de soluciones estructurales muy costosas y de dudosa eficacia global.

Los instrumentos de ordenación del territorio: los Planes Directores Territoriales de Coordinación (o la normativa autonómica equivalente) y los Planes Generales Municipales de Ordenación (o las Normas Subsidiarias), deberían delimitar las zonas inundables y establecer en ellas limitaciones al desarrollo urbano.

De particular interés resulta el giro radical dado en esta cuestión en Estados Unidos con el establecimiento, en 1968, del National Flood Insurance Program, que subsidia con fondos federales seguros de inundación en aquellas comunidades que hayan adoptado medidas para limitar el desarrollo urbano y adoptar tipologías antiinundación para tales áreas.

En el caso de Estados Unidos se está imponiendo, cada vez de forma más decidida, la adopción de soluciones no estructurales por parte de las dos principales agencias federales implicadas en proyectos de gestión fluvial: el US Army Corps of Engineers y el Natural Resources Conservation Service (antes Soil Conservation Service); téngase en cuenta que estas dos agencias habrían canalizado, entre 1940 y 1970, la notable longitud de 55.000 kilómetros.

Los inconvenientes del exceso de canalización se han puesto de manifiesto en la magnitud de los daños de las riadas del Mississipi en 1993 o en la más reciente del Yangtze en 1998.

No se pretende, con este tipo de planteamientos, declarar “santuarios ecológicos” a las llanuras de inundación, sino establecer la racionalidad económica de las inversiones. Asentamientos de población de muy baja densidad podrían ser compatibles con las inundaciones en las zonas de menor riesgo de la llanura de inundación; existen tipologías constructivas y viviendas distribuidas de tal modo que los daños producidos sean asumibles y susceptibles de ser incluidos en una póliza de seguro. Lo mismo ocurre con las pérdidas de los cultivos.

Las inundaciones son, en cualquier caso, una agresión natural como tantas otras, y las pérdidas que originan deben ser mitigadas desde planteamientos de racionalidad económica; a nadie se le ocurriría exigir de la administración la construcción de una gigantesca cubierta para proteger contra el pedrisco la agricultura del país.

Cuestión aparte es la defensa de las vidas humanas, donde no tienen lugar planteamientos economicistas. En este asunto, la detección anticipada, el funcionamiento eficaz de los sistemas de protección civil y la educación y concienciación de aquellas personas que, conscientemente, hayan decidido vivir en una zona inundable parecen las mejores protecciones.

Ríos en terrenos no aluviales

Como ya se vio en la exposición de los problemas, una buena parte de las catástrofes originadas por estos ríos tiene su origen en canalizaciones cerradas inadecuadas u ocupaciones de terrenos de cauce.

Deberá intentarse que las corrientes discurran por cauces a cielo abierto, para evitar el peligro de atascamiento de pequeñas conducciones. En caso de tener que adoptar una sección cerrada, no deberán construirse nunca secciones inferiores a 2x2 metros, que impiden la limpieza por medios mecánicos.

Fig. 10. La vegetación riparia se desarrolla sobre los diques de escollera, y las márgenes, antes vetadas al uso público, son ahora utilizadas por la ciudadanía. (Río Caudal).

Fig. 11. La mejora de la calidad de las aguas, junto con el desarrollo de la vegetación riparia posibilita la vida piscícola y la pesca, lo cual no era posible desde 1917, “…el último salmón…”. (Río Caudal)

En cuanto a la labor de prevención de catástrofes por la ocupación de cauces, la custodia de éstos sólo será totalmente eficaz si las Corporaciones Locales, responsables de la ordenación urbanística, prestan su apoyo y colaboración a los Organismos de Cuenca u Organismos Autónomos competentes.

Otra fuente de problemas en este tipo de ríos proviene del ataque de la corriente sobre laderas inestables, provocando deslizamientos que originan embalsamientos y rupturas súbitas, produciéndose arrolladas de agua y acarreos. Para evitar estos fenómenos deberán adoptarse las siguientes medidas:

• Limpieza periódica y selectiva de los cauces.

• Plantaciones en suelos de ladera, para evitar la erosión.

• Defensas de escollera longitudinales en los pies de los taludes.

• Nervios transversales en los cauces que permitan fijar la rasante del cauce.

• Eventualmente, puede ser útil disponer pequeños azudes o escalones destinados a disipar la energía de la corriente.

Los avances en la mejora de la calidad de las aguas

Está claro que las primeras medidas que deben adoptarse para garantizar la calidad del medio hidráulico son el uso racional del recurso y la adopción de las mejoras técnicas disponibles en el caso de las industrias. Una vez hecho esto habrá que proceder al tratamiento de las aguas residuales hasta alcanzar unos niveles de contaminación compatibles con la capacidad de admisión del medio receptor.

En España, el esfuerzo en la construcción de sistemas integrales de saneamiento –con objeto de dar cumplimiento a la Directiva 91/271, relativa al tratamiento de aguas residuales urbanas– ha sido muy importante. En 1997 el porcentaje de conformidad con la Directiva era del 63%, con lo que es de esperar un grado de cumplimiento prácticamente total en el año 2005 (año horizonte del Plan Nacional de Saneamiento y Depuración).

Los caudales de mantenimiento

Así como en el punto anterior se hacía referencia a la calidad de las aguas, habría que hacer referencia a la cantidad de agua necesaria para garantizar la buena salud ambiental de un río.

Sería conveniente sustituir el concepto de caudal mínimo de estiaje por el de régimen de caudales aconsejables de mantenimiento, variables dependiendo de las necesidades temporales del ecosistema fluvial (incluyendo la ribera o zona riparia), y específico para cada cuenca.

Consideraciones finales

En relación con las actuaciones de encauzamientos y defensas de inundaciones conviene no olvidar que el río constituye una unidad hidrológica, y por lo tanto las modificaciones en un tramo de cauce pueden producir efectos en otros, tanto relacionados con la fase hidráulica (caudales y embalsamientos) como en la fase sólida (erosiones y depósitos). Es siempre recomendable estudiar la morfología fluvial en los tramos vírgenes o, en su caso, la de otros ríos de características similares, a efectos de alterar lo menos posible las condiciones naturales de equilibrio.

Por último, cabe únicamente reiterar la consideración de que los ríos, sus zonas riparias y la biocenosis asociada forman una unidad ambiental única y que cualquier actuación deberá considerar la globalidad del ecosistema.

Referencias bibliográficas

1.Luna B., Leopold, Water, vivers and creeks, University Science Books, 1997.
2.Luna B., Leopold, y M. G., Wolman “River Meanders”, Geological Society of America, Bulletin 71, 1964.
3.Chueca Goitia, Fernando, Breve historia del Urbanismo, Alianza Editorial, 1968.
4.Apuntes del “Curso de Hidráulica Fluvial”, E.T.S.I.C.C.P., 1980.
5.Graf, W. H., Hydraulics of sediment transport, McGrawn-Hill, 1971.
6.Riley, Ann L., Restoring streams in cities, Island Press, 1998.
7.Mumford, Lewis, La ciudad en la historia, Ediciones Infinito, 1966.