ORGANISMO ESTATAL

Artículo 1 ° de la Ley de 27 de Abril de 1946.


"La Mancomunidad de los Canales del Taibilla, creada por Real Decreto-Ley de 4 de Octubre de 1927, actuará bajo la dirección de un Consejo de Administración, como Organismo Delegado del Ministerio de Obras Públicas..."

"La Mancomunidad de los Canales del Taibilla, creada por Real Decreto-Ley de 4 de Octubre de 1927, actuará bajo la dirección de un Consejo de Administración, como Organismo Delegado del Ministerio de Obras Públicas..."

FUNCIONES

Artículo 1°- de la Ley de 27 de Abril de 1946.

"... y tendrá a su cargo los estudios y redacción de los proyectos y la ejecución de las obras e instalaciones de captación, regulación, conducción y depósitos de arranque de las distribuciones interiores para el abastecimiento de agua potable a la Base Naval y Puerto de Cartagena, de las poblaciones cuyos Municipios formen parte de la Mancomunidad y de los establecimientos y entidades de carácter estatal situadas en la misma región que éstos, así como la conservación, explotación, vigilancia y administración de las referidas obras e instalaciones en la parte que sean comunes a dichos abastecimientos..."


ORGANOS DE GOBIERNO


Artículo 4°- del Real Decreto 2724/1976 de 30 de Octubre.

"La Mancomunidad de los Canales del Taibilla estará regida por:

a) El Delegado del Gobierno
b) El Consejo de Administración
c) El Director.

DELEGADO DEL GOBIERNO

Artículo 72 de la Ley de 27 de Abril de 1946

".- representará oficialmente ala Mancomunidad y le corresponderá en cuanto es de la competencia de aquellos, la tramitación de sus acuerdos y la relación oficial con el Ministerio de Obras Públicas, autorizar los gastos aprobados y ordenar los pagos autorizados. Tendrá el derecho de veto suspensivo de los acuerdos del Consejo y Comité, elevándolo a resolución definitiva de dicho Ministerio".

Artículo 22 del Decreto-Ley de 10 de Agosto de 1950

"Será de libre potestad del Gobierno la designa-ción, a propuesta del Ministro de Obras Públicas, de su Delegado en el Consejo de Administración, asumiendo el que así se nombre las funciones de Presidente de dicho Consejo y de su Comité".

CONSEJO DE ADMINISTRACION


Articulo 2°- de la ley de 27 de Abril de 1946.

El Consejo de Administración de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla tendrá plena personalidad jurídica y distinta de la del Estado en el ejercicio de las funciones que por esta ley se le encargan, disfrutará de autonomía administrativa y económica, sin sujetarse ala ley de Administración y Contabilidad del Estado, pero estará intervenida su actuación en los aspectos financiero y contable, por un Delegado de la Intervención General de la Administración del Estado, regirá y administrará los correspondientes servicios con facultad de adquirir, poseer, enajenar y permutar toda clase de bienes, podrá celebrar subastas, concursos y destajos para la ejecución de obras, adquirir materiales y establecer instalaciones de acuerdo con las disposiciones vigentes para la contratación de obras públicas, gozará de las mismas exenciones tributarias que el Estado en operaciones análogas y contra su resolución cabrá recurso ante el Ministerio de Obras Públicas".

DIRECTOR

Artículo 7°- del Real Decreto 2714/ 1976, de 30 de Octubre

"El Director, que será nombrado de acuerdo con las previsiones de la plantilla orgánica, tendrá como funciones propias de la Dirección, las que figuran en el artículo séptimo de la ley de 27 de Abril de 1946, y asumirá las competencias que se determinan en los artículos siguientes."

Artículo 7°- de la Ley de 27 de Abril de 1946.

"El Director dependerá del Ministerio de Obras Públicas en el ejercicio de sus funciones... y le corresponde: La Jefatura de los Servicios Técnico y Administrativo de la Mancomunidad... Tendrá, además las atribuciones que especialmente le confieran las disposiciones reglamentarias".

Delegados del Gobierno 1945 - 1995

Excmo. Sr. D. Francisco Bastarreche y Díez de Bulnes 1941/1962
Excmo. Sr. D. Luciano de la Calzada y Rodríguez 1962/1974
Excmo. Sr. D. José Yusti Pita 1974/1978
Excmo. Sr. D. Juan Carlos Muñoz-Delgado y Pintó 197$/19$2
Excmo. Sr. D. Manuel Manso Quijano 1982/1983
Excmo. Sr. D. Angel Liberal Lucini 1983/1984
Excmo. Sr. D. Miguel Morgado Aguirre 1984/1987
Excmo. Sr. D. Eduardo Vila Corpas 1987/1988
Excmo. Sr. D. Jaime de Inclán y Giraldo 198$/1990
Excmo, Sr. D. Pedro Regalado Aznar 1990/1990
Excmo. Sr. D. Miguel García de Lomas Ristori 1990/1994
Excmo. Sr. D. Justino Antón Pérez-Pardo 1994

Directores 1945-1995

limo. Sr. D. Rafael de la Cerda y de las Bárcenas 1939/1964
limo. Sr. D. Julián Pradera Pradera 1964/1973
limo. Sr. D. Antonio Nieto Llobet 1973/1986
limo. Sr. D. Isidoro Carrillo de la Orden 1986