Hispagua. Sistema Español de Información sobre el Agua
Ir a portada Ir a instituciones Ir a documentación Ir a formación Ir a investigación Ir a datos sobre el agua  
 Inicio > Documentación > Legislación Estatal> Constitución> Deporte y Ocio
 Buscar
 Noticias
 Boletín
 Documentos
 Legislación
 El agua en internet
 Quién es quién
 Cultura del agua
 Videos
 Bases de datos
 Foro

Más novedades
Más novedades
Más novedades
 Actualidad
    Noticias de prensa
    Boletín de Hispagua
    Monográficos
    e-Hispagua I+D+I sobre tecnologías del agua
    Suplementos electrónicos
    Boletines en la red
    Convocatorias
    Novedades bibliográficas
 Documentos
 Legislación
    Europea
    Estatal
    Autonómica
 Revistas
    Directorio
    Artículos completos
    Revistas Open Access
 El Agua en la Red
 Tesauro Ingeniería Hidráulica
Distribución de competencias

CONSTITUCION ESPAÑOLA 1978

  • Deporte y Ocio

    En virtud de lo establecido en el artículo 148.1.19 de la Constitución, que posibilita la asunción competencial en relación con la Promoción del deporte y adecuada utilización del ocio, todas las Comunidades Autónomas han asumido la competencia exclusiva sobre esta materia.

    En materia de deportes las actividades que entrarían en relación con materia de recursos hidráulicos se referirán a las actividades deportivas que se puedan realizar en los ríos, embalses, etc.

    De la misma manera, estarían relacionadas con la competencia de recursos hidráulicos las instalaciones deportivas o para la práctica de deportes en los mismos.
SEMIDE/EMWIS
© Hispagua
Presentación Mapa del web Sugiera un recurso Consultas El Tiempo Aviso legal